
Abogados presentaron acción de inconstitucionalidad y recurso de amparo
13/08/26 | 10:22am
La Sala Constitucional recibió dos gestiones en contra del decreto N.° 45870 que declara como Secreto de Estado la información relacionada con materia de seguridad.
El documento firmado por la presidenta de la República, Laura Fernández, y el ministro de Seguridad Pública, Gerald Campos, rige desde el pasado lunes 10 de agosto y establece que será Secreto de Estado documentos, archivos e informes vinculados con el Consejo Nacional de Seguridad Pública, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), el grupo denominado “Fuerza Élite” y otras coordinaciones sobre seguridad y defensa que dirija la Presidencia.
Agrega que el acceso restringido alcanza también lo relacionado con reuniones, grabaciones, planes y acuerdos de esas instancias, así como información sobre operaciones policiales, mecanismos de inteligencia, estructuras de mando, protocolos de intervención, capacidades operativas y planes de respuesta. Además, incluye expedientes administrativos y procedimientos de contratación pública, como estudios previos, ofertas, adjudicaciones, financiamientos, contratos y fases de ejecución relacionados con esas instancias.
Ante esto, dos ciudadanos presentaron gestiones ante la Sala Constitucional.
Se trata del jurista Yashin Castrillo, quien presentó una acción de inconstitucional señalando que el decreto firmado y en vigencia va en contra de los artículos 11, 28, 29 y 30 de la Constitución Política, así como artículos de la Convención Americana sobre derechos humanos y de la Ley de Jurisdicción Constitucional.
En el expediente 26-029106-007-CO, pendiente de admisibilidad, pide que se declare con lugar y se deje sin efecto legal el decreto ejecutivo.
“El decreto viola los principios constitucionales de reserva legal en cuanto a que es potestad exclusiva de la Asamblea Legislativa regular mediante una ley el Secreto de Estado lo que significa que hacerlo mediante decreto viola el principio reserva legal”; explicó Castrillo a AmeliaRueda.com.
En la acción presentada se señala, además, que se debe valorar el respeto al principio de acceso a la información pública y el manejo adecuado y con transparencia de los fondos públicos.
“Regular con Secreto de Estado eso (uso de fondos públicos) no solamente le quita la mirada ciudadana y de la prensa, sino que abre la puerta a la impunidad y consecuencia a la corrupción”, manifestó el abogado al explicar que actualmente el Código Penal ya establece y regula la confidencialidad que debe existir en materia logística policial, como planeamiento de operativos, por lo que, a criterio de Castillo, el decreto no es necesario.
A dicha acción de inconstitucionalidad presentada por Castrillo se suma un recurso de amparo presentado por Geovanny Delgado.
Se trata del expediente 29-029324-0007-CO, pendiente de admisibilidad, donde también se señalan los diversos artículos que, a criterio del jurista, se violan con la firma de dicho decreto firmado por la presidenta de la República.
“Siendo relevante señalar que la declaratoria comprende no solo información táctica o de inteligencia, sino que igualmente presupuestos, gastos, expedientes administrativos, estudios previos, ofertas, adjudicaciones, contratos y fases de ejecución contractual. Lo cual podría contraponer la violación de los derechos fundamentales de acceso a la información pública, transparencia administrativa, control ciudadano de la gestión pública, libertad de información y principio democrático”, argumenta Delgado en su documento.
El escrito agrega que el contenido y alcances del decreto van en contra del acceso a la información pública, reserva por ley formal, reglas de contratación pública, manejo de fondos públicos y uso obligatorio del Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop).
“El decreto no se limita a proteger tácticas operativas o planes policiales sensibles ante el crimen organizado, sino que extiende la categoría de secreto de Estado a presupuestos, partidas, rubros de gastos y la totalidad de los expedientes de contratación pública (desde estudios previos hasta la ejecución de contratos), lo que claramente violenta el Acceso a la información pública y su respectivo control. Hecho que conlleva, que al imponer una reserva absoluta y de carácter indefinido a través de la vía ejecutiva, el Poder Ejecutivo incurre en un vicio de constitucionalidad al crear un límite a un derecho fundamental sin reserva de ley previa”, señala el abogado.
En el recurso de amparo presentado se pide a los magistrados de la Sala Constitucional declararlo con lugar, declarar que dicho decreto ejecutivo lesiona artículos de la Constitución Política, que se ordene dejar sin efecto el decreto de Secreto de Estado en materia de presupuestos, contrataciones públicas, adjudicaciones, contratos y ejecución contractual. Además, se pide condenar al Estado al pago de costas, daños y perjuicios.
Ambas gestiones presentadas ante la Sala IV se encuentran en etapa de admisibilidad.
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