
Se establece plazo de dos meses para cumplir con el requisito
03/02/26 | 11:26am
Por unanimidad, el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San José resolvió las apelaciones presentadas en contra de la extradición del exmagistrado y exministro de Seguridad, Celso Gamboa, y avaló su entrega para ser juzgado por las autoridades estadounidenses.
La resolución establece que, para concretar la entrega, el gobierno de Estados Unidos debe enviar una promesa “expresa y formal” de que no le aplicará la cadena perpetua, o bien, de que en caso de imponerse “se le conmutaba la sanción inferior”.
Así quedó condicionado en la resolución donde se agregan aspectos claves del proceso que involucra a Gamboa y también al extraditable Edwin López, alias “pecho de rata”, ambos con el aval de entrega a EEUU.
“… de resultar condenados, la pena total imponible a cada uno de ellos no podrá superar los 50 años de prisión revisables, monto punitivo máximo previsto en Costa Rica.
“Se les abonará o descontará de una eventual pena el tiempo de la detención cautelar que hayan sufrido en Costa Rica”, manifestaron los jueces a cargo del análisis de las apelaciones.
A partir de ahora, el gobierno de Estados Unidos tiene un plazo de dos meses para cumplir con la entrega oficial de la promesa establecida y que determinará la entrega oficial de los primeros dos costarricenses, esto tras la reforma constitucional que lo permite.
“Cumplido con el aporte de las promesas, la entrega de las personas al Estado requirente deberá hacerse en el plazo perentorio e improrrogable de dos meses una vez que la autoridad jurisdiccional a cargo del asunto le informe al Estado requirente de que los procesos penales nacionales de cada uno de los requeridos (y por los que se difiere la entrega) se han finiquitado a nivel interno con resolución firme o se han cumplido las eventuales penas impuestas”, señala la resolución emitida este martes.
En el documento enviado a las partes se explican los alcances de la extradición una vez cumplidos con los requisitos y se agrega un apartado donde se explica la posibilidad que tendrán los extraditables de despedirse de sus hijos menores de edad antes de la entrega programada, esto en caso de que así lo gestionen.
“… el tribunal de juicio deberá programar una audiencia privada, en sus instalaciones, para posibilitar la interacción y despedida de ellos. Solo excepcionalmente y de forma jurisdiccionalmente justificada dicha diligencia podrá hacerse mediante videoconferencia.
“Por razones de seguridad deberá grabarse en video, pero tal material deberá ser confidencial, de acceso solo para las personas intervinientes en la diligencia si lo solicitaran o, en caso de terceros, mediando resolución motivada del órgano decisor”, señala el documento.
Las autoridades del Poder Judicial aseguran que si Estados Unidos no hace la entrega de las promesas establecidas no se podrá hacer ceder a los extraditables y estos deberán ser juzgados en Costa Rica por los hechos imputados.
“Los tratados prevén la cooperación internacional para el traslado de pruebas y el principio de nacionalidad activa (juzgar a nacionales por delitos cometidos o con efectos en otros países)”, explican en la resolución donde se agrega que la entrega de promesas es usual en el Derecho Internacional Público que regula la materia de extradición.
“… es común y frecuente que se pidan y los diferentes países aporten promesas para hacer respetar la Constitución Política del país requerido y los tratados internacionales en materia de derechos humanos”, explicaron las autoridades quienes, a partir de ahora, estarán atentas al cumplimiento del proceso para la entrega inmediata de Gamboa y López.
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