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Conavi adjudicó siete contratos de conservación vial a consorcio ligado a H. Solís pese a que oferta era “inelegible”, señala Contraloría

CGR anuló los procesos y ordena realizar un nuevo análisis

23/02/26 | 16:28pm

El Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) adjudicó siete contratos de conservación vial al Consorcio CV2024-02-CONAVI pese a que la oferta que presentaron era “técnicamente inelegible”, así lo señala la resolución de la Contraloría General de la Contraloría (CGR), entidad que anuló los procesos y ordena realizar un nuevo análisis y dictar un nuevo acto final. 

El consorcio favorecido inicialmente por el Conavi está directamente ligado a la empresa H. Solís, al estar conformado por las empresas Ingeniería Estrella S. A. y Bel Ingeniería S. A. 

Con la primera de ellas (La Estrella) H. Solís ha señalado ser socio en el desarrollo de grandes obras como la Circunvalación norte y las obras en ejecución en Taras – La Lima. 

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Con la segunda empresa involucrada en el consorcio creado para participar de dichos contratos de conservación (Bel Ingeniería) la relación es directa, ya que a nivel registral la dueña de la totalidad de las acciones de la compañía es Mélida María Acosta Solís, hija de Roberto Acosta Mora, presidente de H. Solís, y Mélida Solís Vargas, dueña de la empresa H. Solís involucrada en el caso “Cochinilla”.

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“Técnicamente inelegible”

De acuerdo con la resolución de la Contraloría, la decisión de anular los contratos que fueron adjudicados al consorcio ligado a H. Solís se basa en que la oferta de dicha compañía era “técnicamente inelegible”, es decir, no cumplía con los requisitos para ser tomada en cuenta y aún así el Conavi la eligió ganadora en siete de las 22 líneas de conservación vial en concurso. 

En la CGR señalan que en la adjudicación se anuló por tres motivos principales:

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  • El Consorcio aportó los números de placa de tres equipos críticos (perfiladoras) meses después de que venciera el plazo de subsanación otorgado por CONAVI.
  • Al momento de la apertura, el Consorcio era técnicamente inelegible por falta de equipo mínimo con placa. Solo pasó a ser "elegible" mediante una subsanación oficiosa tardía.
  • La CGR determinó que la posibilidad de subsanar no es infinita. Al haber acreditado los requisitos 4 meses después de lo solicitado, la subsanación se considera caduca y no puede ser validada.

De esta manera se explica que el proceso que involucró al consorcio registró irregularidades, las cuales el Conavi pasó por alto y aún así decidió adjudicarles contratos, los cuales ahora quedan anulados. 

“Inelegibilidad por subsanación caduca” es el motivo que argumenta la Contraloría al tomar la decisión y que ahora obliga al Conavi a realizar un nuevo análisis y adjudicación. 

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