Magistrados declararon sin lugar un recurso de amparo contra la Comisión de Espectáculos Públicos
30/07/25 | 10:27am
La recalificación como "evento para mayores de edad" dada por la Comisión de Control y Calificación de Espectáculos Públicos al evento de cierre de la Marcha del Orgullo LGBTIQ+ no supone una vulneración a derechos fundamentales, determinó la Sala Constitucional.
Los magistrados del Tribunal Constitucional resolvieron de esta forma declarar sin lugar un recurso de amparo presentado por una persona, quien alegó que sobre ninguna base técnica dicha dependencia del Ministerio de Justicia y Paz revocó la decisión tomada el 19 de junio de declarar el evento para todo público.
Sin embargo, cuatro días antes del evento se les anunció que se prohibía el ingreso de menores de edad.
"Este cambio abrupto se basa claramente en estereotipos sobre nuestras expresiones artísticas, no hubo un análisis de contenido, no hubo diálogo, y ni siquiera nos notificaron correctamente, ya que nos enteramos por la prensa", indicaron entonces voceros de la organización.
"Por unanimidad, la Sala Constitucional consideró que las medidas adoptadas por la Comisión de Control y Calificación de Espectáculos Públicos fueron legítimas y se ajustaron a su marco legal, al estar orientadas a proteger el interés superior de las personas menores de edad", indicó el órgano judicial en un comunicado de prensa.
Añade además el documento que la recalificación del evento de cierre de la Marcha del Orgullo LGBTIQ+ como 'apto solo para mayores de edad' "se justifica por la necesidad de prevenir que durante su desarrollo menores de edad pudieran estar expuestos a factores externos ajenos al control de la organización".
En ese sentido, se aduce como referencia expresiones sexualizadas, vestimenta u otras manifestaciones que podrían considerarse inadecuadas para menores. Por otra parte, aclara el Tribunal que la restricción fue limitada únicamente a la actividad de cierre, sin afectar la participación de este público en el resto de la Marcha del Orgullo.
El pasado 11 de julio, el diputado y candidato presidencial por el partido Nueva República, Fabricio Alvarado, presentó ante la corriente legislativa el proyecto de ley No. 25.092 que busca prohibir los espectáculos “drag queen” frente a menores de edad, con penas de entre dos a cuatro años de prisión para sus organizadores.
El caso fue conocido tramitado por la Sala IV bajo el expediente 25-018208-0007-CO.
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