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Fotografía: Casa Presidencial

¿Ejecutivo puede realizar conferencias de Consejo de Gobierno y transmisiones en vivo durante período electoral? TSE responde

Impedimentos para publicidad de logros rige a partir del 2 de octubre

29/07/25 | 14:02pm

¿Puede el Poder Ejecutivo mantener las conferencias de prensa de Consejo de Gobierno y su transmisión en redes sociales durante el período electoral? 

Estas son parte de las dudas que surgen tras la decisión del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) de ampliar las prohibiciones al Poder Ejecutivo para promover logros durante el período electoral. 

Sin embargo, en la entidad rectora aclararon que la realización de entrevistas en vivo y conferencias no tiene ninguna limitación, por lo cual no es de recibo señalar que entrará a regir una mordaza del TSE.

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Así lo manifiesta desde el pasado 9 de julio el presidente de la República, Rodrigo Chaves, en conferencia de prensa del Consejo de Gobierno, donde, incluso, colocaron una cuenta regresiva “para que caiga la mordaza”, dijo el mandatario.

“Presidente, vamos a llevar la cuenta de los días que faltan para la mordaza que va a aplicar el TSE”, anunció el ministro de comunicación, Arnold Zamora, en dicha conferencia. 

Arnold Zamora – ministro de Comunicación / Rodrigo Chaves – presidente de la República

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Lea: TSE amplía prohibición al Gobierno: no podrá promover logros ni en redes sociales a partir de octubre

Consejo de Gobierno

Las limitaciones para el pago de publicidad o bien resaltar logros del Poder Ejecutivo es una normativa que rige desde décadas atrás y que con el paso del tiempo se ha ajustado a la realidad nacional. 

Para estas próximas elecciones, se determinó que no será posible promover los logros del Gobierno ni siquiera en las redes sociales institucionales. 

Esta prohibición rige al día siguiente de la convocatoria oficial a las elecciones y hasta que termine el proceso; es decir, a partir del próximo 2 de octubre y hasta febrero o abril próximo (dependiente si hay segunda ronda). 

Este plazo no impide al Gobierno mantener su habitual conferencia de prensa de los miércoles y su respectiva transmisión; sin embargo, no existe jurisprudencia sobre el uso de videos y otros elementos para resaltar logros y esto deberá someterse a analizar en caso de que ingresen consultas al respecto. 

Andrei Cambronero – Letrado TSE

“Las conferencias de prensa no están prohibidas, lo único que está prohibido es la pauta publicitaria que se coloca en cualquier medio de comunicación, ya sean tradicionales, radio , tele o prensa escrita, o también en medios digitales, plataformas institucionales, sus redes sociales, etc”, dijo el letrado del TSE ante la consulta de AmeliaRueda.com, Andrei Cambronero. 

“Como es un acto que no significa pauta publicitaria, en tesis de principio no estaría prohibida esa transmisión (del Consejo de Gobierno); habría que analizar si casos particulares, por ejemplo, si se insertan o no productos audiovisuales distintos a la conferencia, que eso sería un escenario que debería el Tribunal valorar ya sea por consulta de la respectiva institución porque eso es totalmente posible”, agregó el experto. 

Cambronero dijo que desde que emitió la ampliación de la prohibición que establece el artículo 142 del Código Electoral han recibido diversas consultas de los departamentos de prensa de las entidades e incluso de jerarcas de algunas instituciones que piden opinión o valorar productor informativos que pretenden promover a partir de octubre. 

Andrei Cambronero – Letrado TSE

Las consultas al TSE son parte de la dinámica normal, asegura el funcionario, tomando en cuenta el ajuste a la normativa, aunque reconoció que hay preguntas que deberán analizarse más ampliamente por no existir jurisprudencia sobre el tema si tiene relación, principalmente, con los nuevos cambios. 

Cambronero dijo que la conferencia normalmente conocida donde un interlocutor plantea ideas y responde consultas de la prensa, es un formato válido en etapa electoral; sin embargo, formatos distintos deberán valorarse y emitir un pronunciamiento oficial. 

“No importa si se habla de logros en la conferencia, porque es una conferencia de prensa, no pauta publicitaria”, agregó. 

El letrado del Tribunal explicó que los aspectos prohibidos son:

  • Publicidad en medios de comunicación
  • Pago de pauta (elemento diferenciador en internet)
  • Exaltación de logros de gobierno
  • Obra pública realizada
  • Exaltación de las jerarquías

Y los aspectos no prohibidos o que “no suponen transgresión” a la normativa son:

  • Campañas informativas sobre servicios públicos
  • Información impostergable (como emergencias)
  • Información de carácter técnico
  • Entrevistas
  • Conferencias de prensa
  • Actividades de inauguración de obras (mientras no implique la publicación)
  • Actividades de rendición de cuentas (mientras no implique la publicación)

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