Pago de horas extras, días feriados y días libres no corresponde porque horario no fue impuesto por el empleador, establece la jueza
27/03/23 | 20:23pm
Uber debe pagar vacaciones, aguinaldos y seguridad social a un exconductor que le demandó por la vía laboral en abril de 2021, según determinó este lunes la jueza Carolina Fallas Sánchez, del Juzgado de Trabajo del III Circuito Judicial de San José.
La jueza declaró parcialmente con lugar el proceso establecido por un vecino de San José que alegó que trabajó como chofer de Uber durante cinco años y que tuvo una relación de trabajo con la empresa sin haber obtenido los derechos correspondientes.
El fallo de este lunes es el primer precedente judicial en Costa Rica sobre la relación laboral que la plataforma de transporte privado tiene con sus conductores. El texto dice literalmente que la relación del demandante con Uber "fue de naturaleza laboral".
"No cabe la menor duda" de que el conductor "prestó un servicio a favor de otro", que "consistió en la conducción de un vehículo automotor para trasladar personas de un lugar a otro", y "no lo realizó por cuenta propia", redactó la jueza en el cuerpo del fallo.
Ese y otros detalles evidencian "subordinación", continuó Fallas, "pues Uber, por medio de la plataforma, era la única facultada para imponer las condiciones bajo las cuales se prestaba el servicio", con "la única libertad" del conductor siendo la elección de horarios.
"La libre elección de los días a trabajar y del horario a cumplir es propia del tipo de relación desarrollada entre las partes, así como de la economía de plataformas, sin que ello sea suficiente para desacreditar la existencia de un vínculo laboral", añade.
Para la jueza, la representación de Uber pretendió "desvirtuar la naturaleza laboral de la relación que mantuvo con el demandante, denominándolo de muy diversas formas, como: socio, conductor, afiliado, usuario, fidecomisario, beneficiario".
Esas denominaciones no eliminan "su condición de trabajador", porque "no resulta factible" que el conductor, que pone su propia fuerza laboral "a disposición de un conglomerado económico", sea considerado "socio" o "emprendedor".
Establecido por la jueza que se trató de una relación laboral, al analizar las demandas del exchofer también decidió que, si bien debían habérsele pagado derechos como vacaciones y aguinaldo, no correspondía el pago de horas extras o días feriados.
El horario no fue impuesto por Uber, sino que fue decidido por el conductor, por lo que el pago de horas extras no debió darse, mientras que el demandante testificó que trabajó seis días por semana, por lo que sí tuvo días libres.
Por lo contrario, sí tenía derecho al pago de vacaciones por los cinco años laborados como chofer de Uber. Lo mismo sucede con el aguinaldo, pues la jueza entiende que toda relación laboral incluye obligatoriamente el pago de este derecho.
El fallo indica que, cuando se confirme la sentencia, se remitirá una copia a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y al Instituto Nacional de Seguros (INS) para que cobren los regímenes de seguridad social y de riesgos de trabajo adeudados.
En total, según la resolución de la que este medio tiene copia, Uber debe pagarle al demandante ₡802.304,02 por concepto de vacaciones y ₡1.743.605,20 por aguinaldos, además de los seguros a la CCSS y al INS.
Para el abogado David Delgado, que defendió al chofer, Uber ahora "estará en igualdad de condiciones con las otras empresas en Costa Rica". Además, dijo que el caso sienta un "precedente regional" sobre las plataformas de transporte privado.
Tras la sentencia, la empresa Uber indicó a través de su agencia encargad de Comunicación que "ante la reciente resolución del Juzgado de Trabajo, vamos a analizar los detalles de este caso en particular".
"El propósito de este caso no es que la empresa se vaya del país; es que se respeten los derechos laborales, como lo hacen el resto de las empresas", añadió el letrado. Uber, por su parte, informó de que, ante este fallo, "vamos a analizar los detalles de este caso en particular".
El pasado 13 de marzo, la multinacional indicó que es "una empresa de tecnología que pone a disposición sus plataformas para que los socios colaboradores que así lo desean y de forma independiente, puedan generar ganancias adicionales".
"Los socios colaboradores utilizan la app de Uber en calidad de prestadores de servicios independientes, bajo las disposiciones del Código de Comercio", añadió en aquel momento la oficina de comunicación de la empresa.
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