Acción que recurría que el PPSO realizara asamblea para subsanar errores en designación a diputaciones fue una de las rechazadas
04/09/25 | 13:26pm
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) resolvió diez recursos de amparo electoral presentados en contra del Partido Pueblo Soberano (PPSO), de los cuales nueve fueron rechazados de plano o por el fondo, y solamente uno fue declarado con lugar con fines indemnizatorios.
Este último fue presentado por Iliana Ruiz Chacón, considerando el órgano electoral que el partido amenazó su derecho de participación política al haber un "ambiente de presión para que la recurrente retirara su nombre de la contienda interna, lo cual se materializó al no ser conocida su postulación en la Asamblea Nacional", indica un comunicado.
En ese orden, se avaló el recurso en los extremos indicados ya que días antes de la votación la propia interesa manifestó que no deseaba continuar como precandidata.
Asimismo, permanecen en análisis por el fondo dos recursos presentados por Carlos Vásquez Calderón, uno por supuesta desproporcionalidad de la cuota de inscripción de precandidaturas y otro por haber sido excluido de un grupo de WhatsApp de delegados nacionales.
Dos recursos por presuntas incorrecciones en el proceso de inscripción a las precandidaturas a la presidencia de la República y a diputaciones, presentados por Raúl Muñoz y Gerardo Medina Angulo, respectivamente, fueron rechazados por prescripción al presentarse fuera de los tres días para recurrir.
Asimismo, un amparo presentado por Carlos Vásquez Calderón quien acusó que las candidaturas a diputaciones fueron votadas en nóminas preelaboradas por el partido, fue rechazado de plano por considerar los magistrados que tal acción se debe reclamar por acción de nulidad y no en la figura jurídica utilizada.
A su vez, el mismo recurrente indicó en un expediente separado que el PPSO no podía convocar a asambleas de subsanación de eventuales errores en designación de candidaturas a diputados hasta tanto el TSE resolviera los recursos pendientes, sin embargo, se rechazó la solicitud por la misma razón mencionada anteriormente.
Al concluir que no había sido inscrita la precandidatura a diputado por parte de Rodolfo Mora Mora, los magistrados le rechazaron recursos en los que afirmaba se le había violado el derecho de participación política al imponer una cuota de inscripción considerada desproporcionada a su juicio.
Entre tanto, los ciudadanos Xinia Molina Ruiz y Carlos Villanueva Arauz reclamaron la exclusión de su nombre de las precandidaturas a las diputaciones sin que ello se votara en la Asamblea Nacional, alegato rechazado por cuanto se comprobó que ambos participaron e incluso recibieron votación en el evento partidario superior.
Por considerar que se trata de asuntos de mera legalidad, ajenos al recurso de amparo, se rechazó un amparo interpuesto por Giovanni Morales Vásquez, quien afirmó haber recibido una llamada para que desistiera de su postulación (pese a que si fue considerado en la Asamblea Nacional e incluso recibió votación).
Así también, el recurrente advirtió inconsistencias en la asamblea de designación de candidaturas a diputaciones.
La Asamblea en la que se ratificaron las diputaciones del PPSO se realizó el pasado 24 de agosto.
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