
“Recurrentes no acreditaron por qué la visita del mandatario extranjero les afecta sus derechos políticos fundamentales”, dice entidad
12/01/26 | 16:46pm
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó dos recursos de amparo electoral presentados por ciudadanos que pedían impedir el ingreso del presidente de El Salvador, Nayib Bukele, al país.
La entidad recibió las gestiones la semana anterior y asegura que ambos “recurrentes no acreditaron por qué la visita del mandatario extranjero les afecta sus derechos políticos fundamentales”.
Se trata de dos gestiones independientes que fueron resueltas mediante la resolución No. 0287-E1-2026 emitida este lunes 12 de enero por los magistrados.
“… el TSE declaró sin lugar el recurso de amparo interpuesto por los ciudadanos Allen Alexander Solera Cordero y Óscar Quesada Rodríguez, solicitando que las autoridades electorales suspendieran la visita del señor Nayib Bukele, presidente de la República de El Salvador, a Costa Rica.
“El rechazo obedece a que los recurrentes no acreditaron de qué forma la visita del mandatario extranjero les afecta, concretamente y en lo personal, sus derechos fundamentales de carácter político electoral", informó el Tribunal.
El anuncio sobre la visita del presidente salvadoreño al país lo hizo la semana anterior el presidente de la República, Rodrigo Chaves.
De acuerdo con la información brindada por Casa Presidencial, Bukele llegará después de las 3:00 a. m. y el miércoles participará de la visita y colocación de “la primera piedra” de las obras de construcción del nuevo Centro de Alta Contención del Crimen Organizado (Cacco) que se construye en el terreno del centro penitenciario La Reforma en San Rafael de Alajuela.
En la resolución emitida las magistradas y magistrados electorales hicieron referencia a lo que señala la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas e hicieron referencia a uno de sus artículos donde señala que “las respectivas delegaciones foráneas están obligadas a ‘no inmiscuirse en los asuntos internos’ del Estado en el que se encuentren, de forma tal que la toma de posición de un mandatario extranjero -en favor o en contra de alguna de las opciones políticas en contienda- constituiría una violación al Derecho Internacional Público”.
Se agrega en el documento emitido que “respeto en las relaciones entre los Estados implica, entre otros aspectos, que los máximos representantes de los países se abstengan de conductas que sugieran simpatía o antipatía por algún partido político o candidatura; esa actitud mesurada evita que se produzca una inadecuada presión sobre las personas electoras y que no se comprometa su derecho fundamental a un sufragio libre”, señalaron las autoridades del TSE.
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