Acogió medida cautelar provisionalísima solicitada
09/07/25 | 09:28am
El Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial frenó la intención del alcalde de Garabito, Francisco González, de derribar este miércoles 9 de julio las agujas de Punta Leona para permitir un libre acceso a la playa.
La acción anunciada no se podrá ejecutar porque el Tribunal acogió la medida cautelar provisionalísima presentada por Real de Punta Leona y otra sociedad contra la Municipalidad de Garabito.
“La medida cautelar ordena a la Municipalidad de Garabito abstenerse de realizar cualquier conducta material tendiente al derribo de la aguja que se localiza en la entrada de la propiedad privada matrícula 6-25531-000 y a la apertura del camino.
“Conforme a los artículos 45 de la Constitución Política, 264 y 295 del Código Civil, con esta medida se permite a Punta Leona y demás propietarios, mantener asegurada su propiedad, siempre dentro de los parámetros de la ley”, informó la empresa por medio de un comunicado de prensa.
La medida cautelar fue acogida el martes y ahora le corresponderá al ayuntamiento responder sobre las acciones recurridas a nivel judicial por parte del complejo turístico.
El pasado 2 de julio, el alcalde de Garabito anunció que tomaría las acciones que corresponden para permitir el acceso de libre tránsito hasta playa Blanca y playa Mantas.
Al llegar a la zona, González manifestó que celebrará observar la playa llena de personas pero que “lo que no está bien es que sean privadas; el que no viene al hotel o no es socio del club, también tiene derecho de disfrutar de estas playas”.
Actualmente, el acceso directo a este punto con vehículos se encuentra regulado con una aguja propiedad del complejo turística y la única posibilidad de llegar es caminando por medio de las playas cercanas o por medio del mar al hacer uso de algún tipo de lancha.
A criterio del alcalde esto es contrario a la legislación y por esa razón anunció el derribo de las agujas de Punta Leona, acción que ahora queda en pausa.
“Enfatizamos que nuestro accionar se apega a lo establecido por la Ley 6.043 de marzo de 1977 que define las bases para la protección de la zona marítimo terrestre.
“En lo que respecta, esta legislación establece que nadie puede impedir el disfrute de las playas y prohíbe la explotación de los 50 metros posteriores a la marea alta”, informó la Municipalidad en sus redes sociales.
Por su parte, Punta Leona calificó de arbitrarias las manifestaciones del alcalde al tratarse de acciones que pretendía tomar en una propiedad privada y advirtió de “graves consecuencias legales”.
“Advertimos de manera categórica y firme que cualquier intento de ingresar por la fuerza o de demoler edificaciones constituiría una violación directa a derechos constitucionales, en particular a la propiedad privada y al debido proceso.
“Tales actos serían ilegales, ilegítimos y arbitrarios, y darían lugar a graves consecuencias legales para el alcalde y todos los funcionarios públicos que lo acompañen o respalden en dichas acciones”, manifestaron desde el complejo turístico al anuncio inicial de la autoridad municipal.
Ahora las acciones o medidas a tomar quedan a la espera de que el Tribunal Contencioso Administrativo resuelva el trámite judicial presentado por Punta Leona.
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