
Minae y el Ministerio de la Presidencia deberán presentar en tres meses un plan integral con acciones concretas
Redacción AmeliaRueda.com
23/03/26 | 07:39am
La Sala Constitucional ordenó acciones urgentes a varias instituciones del Estado para atender la problemática de la minería ilegal en Crucitas, en Cutris de San Carlos, tras acoger parcialmente un recurso de amparo por omisiones en la protección de derechos fundamentales.
Por medio de un comunicado, el Tribunal Constitucional informó este lunes que dictó la sentencia 2026-10560, en la cual emite una serie de órdenes al Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), el Ministerio de la Presidencia y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), en relación con la protección del ambiente, la salud, la seguridad pública y el acceso al agua potable.
La resolución señala que la minería ilegal en la zona ha provocado graves afectaciones, como contaminación de fuentes hídricas con mercurio y arsénico, daños a la biodiversidad y riesgos a la salud de las comunidades cercanas.
Como parte de las medidas ordenadas, la Sala dispuso que el Ministerio de Seguridad deberá mantener de forma permanente la presencia policial en Crucitas, reforzar los controles migratorios y evitar la continuidad de la actividad minera ilegal. Además, deberá garantizar los recursos humanos y presupuestarios necesarios para estas labores.
Por su parte, el AyA deberá asegurar el suministro de agua potable a las comunidades afectadas mientras persista el riesgo de contaminación y completar, en un plazo de 18 meses, un proyecto integral de abastecimiento para varias localidades de la zona.
En tanto, el Minae y el Ministerio de la Presidencia deberán presentar en un plazo improrrogable de tres meses un plan integral con acciones concretas, cronogramas definidos y medidas de restauración ambiental, saneamiento y mitigación de los daños.
La Sala también ordenó a las instituciones coordinar entre sí y garantizar los recursos necesarios para ejecutar estas acciones en un plazo máximo de 12 meses.
El alto tribunal advirtió que el incumplimiento de lo ordenado podría acarrear sanciones penales, conforme a la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Asimismo, condenó al Estado y al AyA al pago de costas, daños y perjuicios, los cuales se definirán en la vía contencioso-administrativa.
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