
Decreto entró a regir este lunes
17/02/25 | 13:10pm
La Sala Constitucional rechazó de plano una acción de inconstitucionalidad presentada en contra del decreto 44863-MEIC, Regulación de Margen Máximo de Comercialización Bruto de todos los medicamentos registrados ante el Ministerio de Salud, al considerarse inadmisible por falta de fundamentación.
Dicha normativa entró a regir desde este lunes.
De acuerdo con la sentencia 2025-0004498, en ese sentido se determinó que "la accionante no desarrolló una exposición argumentativa razonada que justificara por qué considera que (dicho decreto) es contrario a la Constitución".
Siendo que, pese a mencionarse los artículos 21 y 46 de la Carta Magna, no se hizo un análisis detallado de su contenido ni se estableció su contraposición al decreto impugnado.
Asimismo, resolvieron los magistrados, que la ausencia de un desarrollo jurídico en el que la parte actora solo hizo "afirmaciones superficiales" y no cumplir con los requisitos formales preestablecidos por la Ley de Jurisdicción Constitucional entre otras deficiencias de requisitos formales.
En torno a lo anterior, la Sala determinó el rechazo de la acción, "permitiendo que la promovente formule una nueva demanda cumpliendo con los requisitos legales correspondientes", al tiempo que los magistrados Paul Rueda y Anamari Garro salvaron el voto.
El Poder Ejecutivo tomó esta medida a partir de un estudio realizado por la Dirección de Análisis Económico y Comercial del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) en el que se determinó que los cálculos por este concepto son "superiores" en comparación a 47 países.
Según el decreto, mayoristas y minoristas de medicamentos en el país deberán sujetarse a obtener un margen de comercialización de entre 11% hasta 43,5%, medida que tendrá una vigencia de seis meses, prorrogables de acuerdo con los resultados que refleje la misma en torno al impacto en el precio final de los fármacos al consumidor.
No obstante, para el sector privado la aplicación de este reglamento podría tener un efecto inverso a las pretensiones del presidente de la República, Rodrigo Chaves, y las autoridades de Economía, por cuanto se podría generar un escenario de desabastecimiento por el cierre de pequeñas y medianas farmacias, conllevando incluso a la pérdida de empleos.
"Si bien coincidimos en la importancia de la competencia y la transparencia en el mercado (...) creemos que la propuesta de un decreto como el actual no solo va en contra de estos principios, sino que también podría sentar un precedente problemático al incentivar prácticas que distorsionen la competencia en detrimento de los consumidores y el mercado en general", dijo Eduardo Jiliberto, presidente de la Cámara Costarricense de la Salud.
En enero anterior, un estudio dado a conocer por la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) concluyó que no existen elementos que sustentaran la implementación de normativas para regular precios o márgenes de medicamentos, así como tampoco sobreprecios como "resultado del abuso de una posición de poder sustancial en el mercado o indicios de prácticas anticompetitivas".
"La imposición de márgenes podría incentivar ajustes compensatorios en precios de otros productos o servicios y aumentar los precios finales en servicios relacionados para los consumidores", indicó el informe.
En ese orden, desde la Cámara de la Salud afirman que tales condiciones, lejos de desarrollar un mercado competitivo, podrían generar un entorno que desincentive la entrada de nuevos participantes y la permanencia de los actuales, lo que incrementaría el riesgo de concentración del mercado.
"Así, el principal perjuicio de la posible salida de actores del mercado recaería sobre los consumidores, quienes se verían afectados por una menor diversidad en la oferta y, por lo tanto, tendrían un acceso más limitado a los medicamentos, lo que podría impactar negativamente en su salud", concluyó el representante sectorial.
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