Exdefensora de los Habitantes había solicitado la realización de un nuevo juicio
04/11/24 | 16:00pm
La Sala Constitucional rechazó de plano una acción de inconstitucionalidad interpuesta por la exdefensora de los Habitantes Ofelia Taitelbaum contra los artículos 465 y 473 del Código Procesal Penal, según confirmó este lunes la oficia de prensa de dicho órgano de justicia ante consulta de AmeliaRueda.com.
La resolución No. 2022-025342, emitida el pasado 26 de octubre, señala que "la acción resulta inadmisible en razón del objeto de impugnación y por no constituir medio razonable para amparar el derecho que se considera lesionado".
"De los alegatos de la accionante se desprende que su reclamo se dirige únicamente a cuestionar la redacción de las normas procurando que se modifique el texto de estas para que se establezca - a favor de su defensa- que en los casos en los que el recurso de apelación o casación se acoja por un motivo de forma -como sucedió en su caso concreto- el Tribunal debe anular toda la sentencia y ordenar el reenvío para un nuevo juicio", indica la Sala.
En este sentido, los magistrados refieren a que la accionante se basa en que el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal remitió al Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José el expediente tramitado en su contra por delito de uso de documentos falsos acogió parcialmente un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia.
Ante ello, Taitelbaum solicitó por escrito ante el Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José el "saneamiento por defecto absoluto del proceso", a fin de que se ordenara la celebración de un nuevo debate en su totalidad, según consta en el expediente 22-022302-0007-CO
"Sin embargo, los mecanismos para impugnar las sentencias en sede penal son los recursos de apelación y de casación, de manera que, por su naturaleza, la citada gestión no tiene la capacidad de impugnar o modificar el contenido de la sentencia dictada por el Tribunal de Apelación", indica el alto tribunal.
Por otra parte, pretender la modificación de las normas a favor de la accionante "resulta improcedente, toda vez que esa labor le fue constitucionalmente asignada al Poder Legislativo (...) Así las cosas, no le corresponde a esta Sala, a través de una acción de inconstitucionalidad invadir esas competencias asignadas al legislador y actuar en contra de la voluntad expresa de este".
Actualmente la Sala IV tramita un recurso de hábeas corpus presentado por el abogado Hugo Navas, defensor de Taitelbaum, en el que pide se ordene al Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José la liberación inmediata de su cliente, aduciendo violación al debido proceso y derecho de defensa.
Ofelia Taitelbaum se mantiene recluida desde el pasado viernes 25 de octubre en el centro penal para mujeres Vilma Curling en Desamparados, luego de que el Tribunal de Casación dictara firmeza a su condena de siete años y medio emitida por 29 delitos de documento falso.
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