Los magistrados determinaron que la institución cometía “una violación a los derechos fundamentales del estudiante”
24/04/24 | 08:57am
La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo y condenó al Colegio de Naranjo por prohibir que un estudiante con autismo se moviera libremente con su perro de asistencia alrededor de las instalaciones del centro educativo.
El caso involucra a un menor de 14 años con trastorno del espectro autista grado 2 quien utiliza un perro de asistencia certificado como parte de su tratamiento. Los padres del estudiante alegaron que, a pesar de presentar los documentos necesarios, se le prohibió al menor moverse libremente.
El Colegio de Naranjo dijo que el Departamento de Asesoría Pedagógica del Ministerio de Educación Pública recomendó rechazar el ingreso del perro al centro educativo, lo que llevó a los recurrentes a considerar que su hijo estaba siendo discriminado por su condición.
La Sala Constitucional determinó que esta situación constituía una violación a los derechos fundamentales del estudiante. "El Estado costarricense, incluido el Ministerio de Educación Pública, debe garantizar condiciones de igualdad a las personas con discapacidad y facilitarles su acceso a la educación y otros espacios físicos sin discriminación", dice el texto del fallo.
Los magistrados subrayaron la importancia de procurar medios y garantías para que la educación sea accesible para toda la población, incluyendo a aquellos con necesidades especiales.
La sentencia también destacó que las personas con discapacidad deben recibir las condiciones necesarias para su plena participación en la sociedad, "convirtiendo el acceso a las mismas oportunidades en un derecho fundamental".
El Tribunal ordenó a las autoridades del Colegio de Naranjo y del Ministerio de Educación Pública abstenerse de incurrir en actos discriminatorios similares en el futuro. Además, se condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios causados.
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