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Tabletas, cápsulas, flores empacadas y otros productos medicinales a base de cannabis podrán registrarse en el país, informa Salud

Norma entró en vigor esta semana

23/06/25 | 17:58pm

Los productos medicinales a base de cannabis con contenido de THC podrán registrarse en el país tras la publicación del decreto ejecutivo No. 44917-S que reglamenta dicha actividad, vigente desde el 22 de junio.

Entre los productos autorizados para su registro según la norma incluyen flores e inflorescencias secas y empacadas, tabletas, cápsulas, cremas o líquidos orales. "Estos pueden contener excipientes, pero no se permitirá el registro de formas farmacéuticas estériles en esta etapa", aclararon.

Una vez registrados y aprobados, los productos podrán ser adquiridos en farmacias mediante receta médica digital.

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Los interesados en realizar el trámite deben hacerlo por medio de la plataforma "Regístrelo" del Ministerio de Salud.

En la cartera rectora indicaron además que se trabaja en un nuevo reglamento para el registro de productos terapéuticos a base de cannabis, el cual será próximamente sometido a consulta pública.

En el voto 2024-027377 de la Sala Constitucional en septiembre del 2024, se ordenó a los jerarcas de Salud y Agricultura y Ganadería "dar las órdenes pertinentes y tomar las medidas necesarias para que, en un plazo de dos meses, a partir de la notificación de la sentencia, reglamentar la ley No.10.113, sancionada en marzo de 2022.

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