Gravámenes irán desde el 12,75% hasta el 25% de la renta neta
06/08/25 | 16:58pm
El primer paquete de información sobre usuarios en Costa Rica que perciban ingresos económicos a través de plataformas como YouTube, OnlyFans, Spotify, Meta, Airbnb, Booking, entre otras, será entregado al Ministerio de Hacienda antes del 30 de abril del 2026.
Así lo confirmó dicha cartera ante consulta de AmeliaRueda.com, señalando que a partir de ese momento "la Administración Tributaria contará con los insumos necesarios para identificar y perfilar el riesgo tributario asociados a los distintos operadores de plataformas digitales".
“Una vez que estas plataformas reporten sus pagos a Hacienda, la administración tributaria podrá verificar si dichos ingresos fueron correctamente declarados y gravados conforme a la normativa nacional”, explicó el abogado tributario Gabriel Zamora, añadiendo que toda persona que obtenga ganancias a través de dichos medios debe estar inscrita ante Tributación.
Asimismo, en el caso de personas que realizan colaboraciones pagadas, producción personalizada de contenido o prestación de servicios, deben inscribirse también ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y realizar los aportes como trabajador independiente, explicó el letrado.
“En cuanto al tratamiento fiscal, aquellos que requieren una participación continua o personalizada del creador están sujetos al pago de hasta un 25% sobre la renta neta, es decir, luego de deducir los costos y gastos autorizados. Los ingresos pasivos como regalías, suscripciones o monetización automática por vistas o escuchas pagan un 15% sobre la renta bruta", explicó.
Por otra parte, en casos donde estos ingresos pasivos provienen del exterior y no se vinculan a una actividad ejecutada localmente, podría aplicarse el principio de territorialidad para considerar que no están gravados, aunque esto debe evaluarse caso por caso.
Quienes ofrezcan alquileres de propiedades a través de plataformas digitales deberán pagar un porcentaje de impuestos correspondiente al 12,75% de los ingresos brutos.
Según la resolución MH-DGT-RES-0025-2024 del 6 de noviembre del año anterior, desde el pasado 1 de enero los Operadores de Plataformas Digitales Informantes están obligados a implementar las normas y procedimientos necesarios para cumplir con el intercambio de información, bajo pena de eventuales multas en caso de incumplimiento o retraso.
Tal contexto se da en el marco de un convenio suscrito con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de acuerdo con las autoridades.
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