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Fotografía: Casa Presidencial

Por violación a la libertad de prensa en dos conferencias del presidente Chaves, Sala IV condena al Estado

Tres periodistas presentaron reclamos

04/06/25 | 08:50am

La Sala Constitucional condenó al Estado costarricense por violación a la libertad de prensa y derecho al acceso a la información pública en dos conferencias del presidente Rodrigo Chaves, realizadas en Casa Presidencial. 

Los reclamos de tres periodistas llegaron hasta los magistrados, debido a diversas acciones registradas en las convocatorias. 

En el expediente 24-025545-0007-CO se analizó lo ocurrido el 30 de julio de 2024 cuando el Poder Ejecutivo convocó a una conferencia tras conocer la decisión de la Sala Constitucional, sobre la consulta legislativa de la llamada “Ley Jaguar”. 

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De acuerdo con el reclamo, durante el desarrollo de la conferencia “el presidente, alzando la voz, procedió a callar a un periodista mientras realizaba su pregunta”. 

En el mismo expediente se menciona que durante otra conferencia en Casa Presidencial, realizada el 11 de septiembre de 2024 “dos periodistas fueron rodeados por escoltas de la Unidad de Protección Presidencial, cuando intentaron hacerle repreguntas a la ministra de la Presidencia y al presidente de la República”.

“Señalan que intentaron realizar más preguntas a la ministra de la Presidencia sobre el proyecto de ley de jornadas 4x3, y cuando uno de los periodistas señaló que no le respondieron la pregunta le apagaron el micrófono. Estiman que las situaciones descritas lesionan su derecho a la libertad de prensa”, informó la Sala. 

En el otro expediente en análisis 24-27116-0007-CO, el cual fue acumulado al anterior, se reclamó ante los magistrados que no recibió la información solicitada sobre el tema de jornadas 4X3, las cuales remitió al Ministerio de la Presidencia “lo que considera una violación a su derecho constitucional de acceso a la información pública consagrado en el artículo 30 de la Constitución Política”. 

Tras analizar ambos reclamos, los magistrados emitieron la sentencia 2025-016964, donde dan la razón a los tres periodistas que presentaron los recursos de amparo.

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“Se declara con lugar el recurso de amparo tramitado mediante expediente 24-025545-007-CO, por violación a la libertad de prensa en perjuicio de David Bolaños Acuña, David Chavarría Hernández y Héctor Guzmán Suárez. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”, informó la Sala. 

Por su parte el expediente 24-27116-0007- CO también fue declarado con lugar, este caso, únicamente, contra el Ministerio de la Presidencia.

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