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Fotografía: Facebook Heidi Castillo - vicealcaldesa de Montes de Oca

Por omitir información en su declaración jurada, suspenden por 20 días sin goce de salario a vicealcaldesa de Montes de Oca

Alcalde aclara que la falta que provoca la sanción disciplinaria ocurrió cuando la funcionaria era vicepresidenta del Comité Cantonal de Deportes y Recreación

06/05/25 | 17:02pm

La vicealcaldesa del cantón de Montes de Oca, Haydee Castillo, fue suspendida sin goce de salario durante 20 días, sanción disciplinaria que interpuso la Contraloría General de la República (CGR) y que notificó recientemente el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). 

De acuerdo con la información, la funcionaria fue investigada por el ente Contralor años atrás al detectarse que en una declaración jurada omitió información sobre los bienes a su nombre por lo que en el expediente CGR-PA-2024002517 se determinó la sanción por “omisión o falsedad de la información”.

La falta ocurrió cuando la actual vicealcaldesa ocupaba el cargo de vicepresidenta del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Montes de Oca y la aplicación del período de sanción (suspensión del cargo sin goce de salario) es a partir de esta semana, del lunes 5 de mayo y hasta el próximo 24 de mayo.

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El alcalde de Montes de Oca, Domingo Argüello, manifestó que la medida se acata por resolución del TSE y aclara que obedece a una situación previa al ingreso de la funcionaria como vicealcaldesa. 

“Al parecer y según palabras de la vicealcaldesa, lo que omitió (en la declaración jurada de bienes) fueron dos vehículos que estaban registrados a su nombre. 

“Aquí el tema y lo que queremos aclarar es que su suspensión no tiene absolutamente nada que ver con la gestión de esta Administración Municipal”, dijo el alcalde ante la consulta de AmeliaRueda.com.

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Domingo Argüello – alcalde de Montes de Oca

Sanción 

De acuerdo con los documentos, la sanción disciplinaria en contra de la hoy vicealcaldesa fue emitida el año anterior, sin embargo, quedó en firme hasta este momento tras notificación del TSE, entidad a la que acudió Castillo Castro durante el proceso. 

“… argumenta por qué considera que el procedimiento tiene vicios que afectan el debido proceso, así como por qué la sanción impuesta es ilegítima. 

“En relación con lo anterior, debe indicarse que este Pleno (TSE) no puede dejar sin efecto la suspensión dispuesta: resulta improcedente que, en esta sede, se revise lo actuado por el órgano contralor”, resolvió el Tribunal el cual notificó a la Municipalidad de Montes de Oca su obligación de aplicar lo establecido por la Contraloría. 

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