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Fotografía: Expediente Judicial

Mujer sufre amputación de pierna tras caer desde puente en mal estado y sin rotulación en Puntarenas: Tribunal condena a Conavi a pagar ¢56 millones de indemnización

Hechos ocurrieron en puente de hamaca ubicado sobre el río San Jerónimo en Esparza, Puntarenas

19/05/25 | 06:07am

Una vecina de Desamparados vivió una tragedia familiar durante un paseo al río San Jerónimo en Esparza, Puntarenas, cuando una tabla del puente peatonal cedió bajo sus pies y la hizo caer al cauce. El accidente le provocó severas lesiones en una pierna, que terminaron en la amputación del miembro.

El hecho ocurrió el 18 de octubre de 2020, en el puente tipo hamaca ubicado sobre el río San Jerónimo. Tras la caída, la mujer fue trasladada de emergencia al Hospital Monseñor Sanabria y luego al Hospital San Juan de Dios en San José, donde se agravaron las complicaciones médicas.

La víctima interpuso una demanda ante el Tribunal Contencioso Administrativo, en la que reclamó más de ¢450 millones por los daños moral, físico, económico, psicológico y existencial sufridos. Señaló al Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) como responsable por permitir el uso del puente sin el debido mantenimiento ni señalización preventiva, a pesar de su evidente deterioro.

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Según la querella, el puente, que anteriormente era de uso vehicular, debía estar cerrado al paso peatonal por representar un riesgo evidente. La demanda también incluía a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), como responsable solidaria por las consecuencias médicas del accidente.

Tras cuatro años de litigio, el Tribunal resolvió condenar únicamente al Conavi, que fue obligado a pagar ¢56 millones: ¢10 millones por daño moral y ¢46 millones por daño corporal. El monto fue cancelado a finales del año anterior. 

Relato

Todos los detalles de lo ocurrido y el proceso judicial se relatan en el expediente 21-006498-1027-CA, cuya resolución se dio el pasado 24 de julio. 

“… disfrutaba un paseo con mi familia, mis hijas y mi esposo se encontraban conmigo, al igual que mis amigos: estaba feliz plena y realizada como persona íntegra (mujer, madre, amiga); al ingresar al puente que no se observa dañado, ni tenía una señal de precaución y estaba siendo utilizado por otras personas que al igual que nosotros disfrutaban un día de paseo al aire libre y se tomaban fotografías como recuerdo, sin embargo, se me quebró la tabla sobre la cual me ubiqué al instante cambié de estar feliz y plena a sentir el miedo más profundo que he podido experimentar”, narró la mujer, que al momento del accidente tenía 41 años. 

Aseguró en su relato que por más que intentó sostenerse, sus manos se soltaron y cayó en la orilla del río. 

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Tras lo ocurrido fue rescatada por personeros de la Cruz Roja quienes hicieron su traslado al hospital, primero en Puntarenas y luego a la capital. 

Complicaciones 

La mujer relata que durante su instancia en el centro médico (San Juan de Dios) tuvo complicaciones por una bacteria y luego al ser diagnosticada de COVID-19 todo empeoró, provocando la amputación de su pierna el 24 de noviembre (accidente ocurrió el 18 de octubre).

"Eso me devastó, nunca imaginé que un simple paseo tendría como consecuencia el horror vivido con la caída, el traslado y la amputación de la pierna con las consecuencias que está ausencia de un miembro conlleva"

Tras el accidente y la incapacidad permanente, la mujer reclamó ante las autoridades el pago por los daños presentados. Señaló que ya no podría desempeñarse en su trabajo (como conserje) y que las consecuencias a nivel psicológico son aún mayores. 

Frase de mujer que sufrió amputación tras caer de puente

Por tanto

En el análisis realizado por los jueces se determinó que la CCSS no debía involucrarse en el caso, ya que la atención medica recibida por la víctima fue la adecuada. 

Sin embargo, pese a la defensa del Conavi que manifestó que lo ocurrido fue un riesgo que asumió “por su propia voluntad” la mujer, los jueces definieron que sí había una responsabilidad directa del Conavi, entidad que recientemente tuvo que hacer frente al pago de la indemnización establecida (¢56 millones). 

“… si bien no se cuenta con la certeza del estado en el que se encontraba el puente el día del incidente, sí se tiene como hecho probado que no existía ningún rótulo, anuncio, valla, obstáculo físico, que informaran a las personas que se acercaban, que se encontraba clausurado y que era prohibido su ingreso o que, si se hacía, era bajo la propia responsabilidad, por el estado en el que se encontraba”, dice la sentencia. 

Puente_Demanda_Conavi

Se agrega que esta omisión es “generadora de responsabilidad, que tiene un vínculo directo con la caída de la accionante, que tuvo como consecuencia en un primero momento el trauma en su tobillo, que luego se complicó aún más y culminó con una amputación”.

Los jueces a cargo del caso comparten la tesis de que si en la zona hubiera estado colocado un rótulo de advertencia u otro tipo de elementos de alerta, el accidente no hubiera ocurrido y agregaron que, en caso contrario, es decir, que, si se tuviera señalización en la zona, cualquier situación de emergencia hubiera sigo culpa de la víctima. 

“Es de hacer notar que el sitio se anuncia como de interés turístico, lo que puede inducir a error a las personas y curiosidad en transitar por el puente, sin que existan advertencias del peligro que representa. 

“Por lo expuesto, el para el caso del CONAVI, bajo el esquema de la Ley General de la Administración Pública, se configura la responsabilidad objetiva por una conducta omisiva (no instalar rótulos o barreras que impidan el paso). Esta conducta omisiva, anormal e ilícita tiene un nexo causal directo con el accidente que sufrió la accionante, así como sus consecuencias lesivas”, concluyó el Tribunal. 

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