CCSS, Maternidad, Despidos, Empresas
Edificio central de la CCSS. Foto: Archivo

Condenan a CCSS por impago de mes adicional de licencia de maternidad a mujer que tuvo gemelos y que fue despedida

La trabajadora señaló que no recibir los pagos correspondientes la dejó en una situación económica vulnerable

01/11/24 | 16:42pm

La Sala Constitucional falló a favor de una madre que, tras ser despedida "de forma injusta" durante su embarazo de gemelos no recibió el pago de un mes adicional de licencia de maternidad que le correspondía por derecho tras ser despedida en la empresa en que trabajaba. 

Los magistrados ordenaron a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a cubrir el monto adeudado y extender la licencia, luego de que la institución omitiera dicho periodo adicional debido a las condiciones del parto.

La accionante expuso en su recurso de amparo que, pese a estar en licencia de maternidad y en proceso de incapacidad, fue despedida de su empleo en marzo de 2024, con 28 semanas de embarazo gemelar y en medio de una incapacidad por razones de salud mental. Además, la trabajadora señaló que la CCSS no había procesado los pagos correspondientes a los periodos de incapacidad y licencia por maternidad, dejándola en una situación económica vulnerable junto a sus dos hijos recién nacidos y otro menor de cinco años.

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El fallo ordena a los funcionarios Gustavo Picado, gerente Financiero de la CCSS, y Arnoldo León Quesada, jefe de la Subárea Asesoría Prestaciones en Dinero, a tomar "las medidas necesarias" para cumplir con los pagos y la extensión de la licencia de maternidad por un mes adicional, según lo estipula la normativa para nacimientos múltiples. 

La resolución establece que la CCSS deberá efectuar el pago de la licencia de maternidad pendiente en un plazo máximo de 15 días, mientras que el monto correspondiente a la boleta de incapacidad debe ser cancelado en un plazo no mayor a un mes. Además, la Sala advierte que el incumplimiento de estas órdenes conllevaría sanciones penales de entre tres meses a dos años de prisión o multas de hasta sesenta días.

Por último, la Sala Constitucional condenó a la CCSS al pago de las costas, daños y perjuicios generados, los cuales serán definidos en la ejecución de la sentencia en el ámbito de lo contencioso administrativo.

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