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Por considerarla inconstitucional, Sala IV anula artículo de ley que equiparaba pensiones de expresidentes con salarios de diputados

Los magistrados declararon con lugar un recurso presentado por el abogado Raúl Muñoz, quien calificó la decisión como “histórica"

28/06/24 | 08:58am

La Sala Constitucional anuló el artículo de una ley de presupuesto extraordinario del año 1988 que equiparaba el monto de la pensión de los expresidentes de la República con el salario de los diputados. Los magistrados declararon con lugar un recurso de inconstitucionalidad presentado por el abogado Raúl Muñoz, quien celebró la decisión del Tribunal y la calificó como "histórica". 

"El tema fue que los diputados de aquel momento se aprovecharon para presentar un norma atípica dentro de la ley de presupuesto. Con esa norma metieron camuflada la equiparación con el salario", explicó Muñoz por llamada telefónica a AmeliaRueda.com. "Ya los expresidentes no recibirán esas pensiones y aguinaldos millonarios, se devuelve al monto original de años atrás", añadió.

El artículo 29 de la Ley 7.108 de la Ley de Presupuesto Extraordinario aprobada en 1988 estipulaba de manera literal que "el monto de las pensiones de los señores ex Presidentes de la República será igual al monto de salario de un diputado". Asimismo, el Régimen de Pensiones de los Expresidentes de la República señala en el Artículo 16 que se añaden las "dietas y gastos de representación". En el Artículo 17, se establece que esta pensión se reajustará "cuando se reajusten los salarios de los diputados". 

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Actualmente, según la base de datos abierta de la Asamblea Legislativa, el salario base de los congresistas es de ₡3.753.070. De acuerdo con Muñoz, sin embargo, al añadir los demás insumos de los expresidentes el monto final llega "casi a los cinco millones". Con el fallo de la Sala Constitucional se vuelve al monto anterior a 1988, que según el abogado es de unos ₡600.000 "o un poquito más", aunque el documento del Tribunal no especifica una cifra. 

En su recurso, Muñoz argumentó que la equiparación de las pensiones con los salarios de los diputados violaba los artículos 33 y 50 de la Constitución Política (que se refieren a la igualdad de todos ante la ley y el reparto adecuado de la riqueza, respectivamente), que representaba un perjuicio al erario público y que era un "privilegio odioso". Además, el abogado señaló que carecía de fundamento técnico porque se trataba de una "pensión por la que no cotizaron".

La medida es de carácter retroactivo, es decir, afecta a siete de los expresidentes que reciben esta pensión y sus beneficiarios (Carlos Alvarado renunció a su pensión al terminar su mandato). La Sala Constitucional ya ordenó que se comunique este fallo a la Asamblea Legislativa y que se publique "íntegramente" en el boletín judicial y en el Diario Oficial La Gaceta. La magistrada Anamari Garro fue la única que salvó su voto por cuestiones de "admisibilidad". 

10 beneficiarios de pensión

En 2021, cuando era vicepresidenta del Congreso, la diputada Gloria Navas confirmó en audiencia con los magistrados de la Sala Constitucional que había un total de 10 beneficiados por las pensiones de expresidentes. 

De acuerdo con Raúl Muñoz, hay familias de exmandatarios que reciben más de una pensión de este tipo. "El pueblo de Costa Rica les pagaba 10 millones más los aguinaldos. Esto sobre la base de una pensión que no es un derecho adquirido porque nunca cotizaron para generar ese ingreso", apuntó. 

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Para el abogado, estos montos representaban pensiones de lujo. "Algunos tenían el criterio de que no eran de lujo porque tenían que ver con la dignidad de los expresidentes, pero la equiparación fue un abuso y un engaño", sentenció. 

Ahora, de acuerdo con el abogado, la única forma de volver a aumentar esas pensiones sería si los diputados presentaran un proyecto de ley con ese objetivo, pero Muñoz considera que eso es poco probable por el costo político que implicaría.

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