Afectado intentó salir del país en octubre anterior; orden había sido emitida desde el 2019
29/11/24 | 16:11pm
La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de habeas corpus presentado en favor de un ciudadano a quien las autoridades migratorias le impidieron salir del país por una presunta alerta de pensión alimentaria emitida por el Juzgado de dicha materia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.
De acuerdo con el recurrente, aunque el afectado alegó el no tener hijos, ante los oficiales migratorios del aeropuerto Juan Santamaría, eso no fue suficiente para permitirle abandonar el país a cumplir con un compromiso laboral en Seattle, Estados Unidos, esto al existir dicho impedimento legal.
Señalan los alegatos ante los magistrados que el joven de 26 años y empleado de la transnacional Amazon adquirió con antelación los pasajes aéreos para abordar el 20 de octubre, de acuerdo con el itinerario.
No obstante, al momento de que le revisaron el pasaporte las autoridades le entregaron un documento constando su impedimento de salida del país, ordenado desde el 30 de enero del 2019, siendo la contraparte una persona desconocida por el tutelado.
Posteriormente, el representante legal del joven constató que la mujer quien interpuso la acción lo hizo en contra de una persona de 34 años, a quien se le atribuye la paternidad de dos menores de 12 y 10 años, con lo cual se pudo demostrar el error material cometido por el Juzgado a cargo de la diligencia.
En ese tanto, la Sala condenó al Estado al pago de daños y perjuicios provocados por tal situación, al tiempo que ordenó a Juan Carlos Romero, Juez Tramitador del Juzgado de Pensiones Alimenticias del Primer Circuito Judicial de Alajuela, abstenerse de incurrir en los hechos que dieron pie a la presentación de esta acción.
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