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Fotografía: UCR.

Excluir a estudiantes migrantes del programa de becas de UCR es inconstitucional, resuelve Sala IV

Decisión permite a extranjeros en condición migratoria de “estudiantes" optar por subsidio

18/10/24 | 14:28pm

La Sala IV declaró inconstitucional el artículo quinto del reglamento de adjudicación de becas de la Universidad de Costa Rica (UCR), por cuanto no incluye como eventuales beneficiarios a estudiantes extranjeros con estatus migratorio regular en el país, con base en la resolución DJUR-0019-01-2021-JM, de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).

La misma señala que podrán optar por la categoría especial de "estudiantes" personas que a los 20 años estén matriculados en un centro de enseñanza público avalado por el Ministerio de Educación y que no cuenten con permanencia migratoria regularizada como residente u otra categoría especial vigente.

La normativa sobre becas de la UCR establece en el artículo recurrido que serán candidatos a este beneficio la población estudiantil nacional, extranjera con residencia permanente y a la que tenga algún estatus cubierto por tratados internacionales, con fundamento en su condición socioeconómica determinada por la institución.

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De tal modo, la sentencia No. 2024-029734 del pasado 9 de octubre emitida por el alto tribunal declaró con lugar la acción de inconstitucionalidad contra dicho numeral por tal omisión a la luz de lo indicado en la resolución de la DGME.

La decisión por mayoría, con efectos declarativos y retroactivos, fue salvada por la magistrada Anamari Garro Vargas, aduciendo razones de admisibilidad. La acción se tramitó bajo el expediente 23-011056-0007-CO.

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