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Crean “categoría especial” para regular estatus migratorio de nicaragüenses, venezolanos, colombianos y cubanos en Costa Rica

Figura habilitada para extranjeros que tengan solicitudes de refugio pendientes de resolver o que hayan sido rechazadas

01/06/26 | 16:59pm

La Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) creó una “categoría especial temporal” para regularizar el estatus migratorio de los venezolanos, colombianos, nicaragüenses y cubanos que se encuentren en el país. 

Se trata de una figura a la cual podan optar los extranjeros de esas cuatro nacionalidades que están en Costa Rica y que tienen solicitudes de refugio pendientes de resolver o que hayan sido rechazadas.

Las nuevas disposiciones quedaron en firme tas su publicación en el diario oficial La Gaceta.

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“Los alcances de la figura aplicada en esta resolución se enfocan propiamente en regularizar temporalmente a cuatro nacionalidades: colombianos, cubanos, venezolanos y nicaragüenses. ¿Y por qué estos grupos? Porque en sus países hay serios conflictos políticos que obligó a estas poblaciones a radicarse en Costa Rica.

“Esa es la situación primordial por la que se aplica esta categoría. Estas personas acudieron a la unidad de refugio y, como todos sabemos, el sistema de refugio en Costa Rica se encuentra muy saturado y se requiere un proceso o un mecanismo ágil que le permita a estas nacionalidades regular su estatus migratorio para que se encuentren en el territorio nacional", detalló el director de Migración, Omer Badilla.

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Omer Badilla – director de Migración

La categoría especial creada para cuatro nacionalidades establece diversos supuestos o requisitos para las personas que quieran optar por dicha figura, entre ellos se mencionan que “hayan realizado una solicitud para el reconocimiento de la condición de refugiado después del 1 de junio de 2014 y hasta el 7 de mayo de 2026”. 

Además, se verificará que residen en Costa Rica desde el momento en el que hicieron la solicitud a la fecha y que este trámite (solicitud de refugio), se encuentre en trámite, haya sido denegada o declarada infundada. 

Otros requisitos establecidos son:

  • Que no cuenten con ninguna otra categoría de permanencia en el país, debidamente aprobada.
  • Que no cuente con trámites pendientes de regularización migratoria, diferentes a la solicitud de refugio, pendiente de resolver.
  • Que no cuente con las características específicas para optar por alguna de las categorías migratorias establecidas en la legislación migratoria ordinaria.

“La Dirección General de Migración y Extranjería, realizará revisiones biométricas a efectos de garantizar dicha seguridad nacional y oportunamente informará sobre el procedimiento para la presentación de requisitos”, informó la entidad. 

Omer Badilla – director de Migración

El director de Migración señala que la medida es catalogada como “la mejor opción” para regularizar el estatus de dichos extranjeros en el país, garantizando que se hará un previo estudio de seguridad para otorgar dicha categoría especial creada de manera exclusiva para cuatro nacionalidades.

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