Sala IV, libertad de expresión, recurso de amparo, El Chinamo, Chinaoke
Crédito: Captura YouTube TD Mas

ICE y Banco Popular violaron libertad de expresión al retirar publicidad de programa El Chinamo en represalia a los “Chinaokes”, concluye Sala IV

Magistrados declararon con lugar recursos de amparo que presentados por dos ciudadanos

08/07/25 | 17:29pm

La Sala Constitucional condenó al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y al Banco Popular, tras el retiro de pauta publicitaria al programa televisivo El Chinamo por parte de ambas instituciones, debido a su sección satírica “El Chinaoke”.

Los magistrados concluyeron que estas decisiones provocaron una forma de censura indirecta, al utilizar el retiro de pauta estatal como mecanismo de presión sobre los contenidos que se difunden en los medios de comunicación.

Según informó el alto tribunal, los recursos (expedientes 24-35822-0007-CO y 24-35833-0007-CO) fueron presentados por un abogado y un adulto mayor, quienes alegaron que el retiro de publicidad afectaba el derecho fundamental a la libertad de expresión, tanto del público como del programa.

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En su sentencia, los altos jueces ordenaron a Leda María Acevedo Zúñiga, gerente de Telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad; a Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, presidente de la Junta Directiva del Banco popular; y a Gina Carvajal Vega, gerente general de la entidad bancaria; que “se abstengan de incurrir en el futuro en actos iguales o similares a los que dieron base para la estimatoria de este recurso”. 

Retiro de pauta

A causa de los mensajes transmitidos en “El Chinaoke”, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) anunció el 19 de diciembre que retiraría la pauta publicitaria de la marca kölbi de ese programa que se transmite por Teletica, considerando además evaluar la compra de espacios comerciales en otros espacios de Teletica, al tiempo que el Banco Popular tomó una medida similar.

“...se tuvo en consideración el papel de la sátira política como una de las formas más antiguas de manifestación de la libertad de expresión, que en un país como el nuestro, donde existe la libertad de pensamiento y de expresión, sus habitantes tienen el derecho de criticar al poder público, a través de distintas formas, echando mano de la gran plasticidad propia de la libertad de expresión, incluida la sátira”, señaló la Sala en su comunicado.

Los 'Chinaokes' de 2024

Estos clips, dirigidos por Melany Mora, James Meneses y Abril Jenkins, hicieron alusión a varios eventos suscitados en el año, como fue el caso de llamado "Caso Barrenador", en el que varios directivos de la Caja Costarricense de Seguro Social figuran como imputados en una causa investigada por el Ministerio Público sobre posibles sobreprecios en la adjudicación de Ebais a cooperativas; así como a las listas de espera y tiempos de respuesta en estos centros de atención.

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Otro de los 'Chinaokes' fue titulado "¡Cómase la bronca ya!" en referencia a la frase utilizada por el mandatario Rodrigo Chaves, en su campaña presidencial, interpretado por "La Señora de Purral" quien también critica a la 'ley jaguar' y la relación tensa entre el Ejecutivo con los demás poderes de la República.

Tras conocer la resolución de la Sala, Televisroa de Costa Rica comunicó: “Ante el fallo  de la Sala Constitucional , Televisora de Costa Rica  valora  la defensa de la libertad de expresión que hace la Sala y estamos analizando nuestras opciones que incluyen  la valoración de daños y perjuicios sufridos por estos hechos evidentemente inconstitucionales que atentan contra liberad de prensa, libertad de expresión y la libertad de comercio”.

Noticias actualizada a las 7 p.m. con la reacción de Teletica.

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