
Impulsores deben esperar aval del Tribunal para iniciar con la recolección de firmas
18/08/26 | 10:58am
Un grupo de ciudadanos presentó este martes ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) una solicitud de referendo para que se avale la devolución del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP).
Los documentos se presentaron ante el TSE para iniciar de manera oficial con el trámite de referendo por iniciativa ciudadana con la intención de poner en conocimiento de todas las personas lo que llamaron “Ley para la devolución plena del ahorro laboral del ROP”.
“La iniciativa propone reconocer el derecho de toda persona afiliada al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, conocido como ROPC o ROP, a retirar la totalidad del saldo acumulado en su cuenta individual al adquirir la condición de pensionada por vejez o invalidez en cualquiera de los regímenes legalmente establecidos, o al cumplir los 65 años, lo que ocurra primero”, explicaron los impulsores de la iniciativa.

De acuerdo con el proyecto, la devolución no afecta los regímenes de pensiones, ni compromete las reversas.
“El proyecto busca que los trabajadores costarricenses puedan disponer efectivamente de un ahorro que han construido durante años de trabajo. No se trata de eliminar opciones, sino de reconocer la libertad de cada afiliado para decidir si retira la totalidad de sus recursos o si mantiene alguna de las modalidades actualmente previstas”, agregaron.
La propuesta solicita realizar un referendo donde los ciudadanos deberán responder con sí o no a la pregunta: “¿Aprueba usted el proyecto de Ley de Devolución Plena del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, que reconoce el derecho de toda persona afiliada a retirar la totalidad del saldo acumulado en su cuenta individual al pensionarse por vejez o invalidez, o al cumplir los 65 años, lo que ocurra primero?”

Con la presentación del trámite, el grupo de ciudadanos pide al TSE la autorización para iniciar con el proceso de recolección de firmas.
De acuerdo con la legislación, una vez aprobada dicha petición se inicia un proceso de impresión de formularios para que la persona o el grupo a cargo de la propuesta recoja firmas de al menos el 5% del Padrón Electoral, proceso para el cual se tienen nueve meses, con posibilidad de prórroga.
Una vez cumplido dicho requisito, el TSE tiene 30 días hábiles para revisar las firmas y validarlas y en caso de cumplir con la cantidad requerida, se puede realizar la convocatoria a referéndum.
“Los promoventes indicaron que acudir al referéndum no pretende sustituir a la Asamblea Legislativa, sino activar un mecanismo constitucional de democracia directa en una materia que afecta el patrimonio de millones de trabajadores. En su criterio, cuando una decisión de esta magnitud incide sobre el ahorro individual de la ciudadanía, resulta legítimo que el pueblo pueda pronunciarse directamente”, agregaron los proponentes entre los que se encuentra el economista Leiner Vargas, el exdiputado y excontralor, Alex Solís y el director de la Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP), Walter Quesada.
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