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Cambios en condiciones para pensionarse con la CCSS entrarán a regir el 12 de enero: se elimina pensión anticipada en hombres y varía la edad para mujeres

Ajustes fueron aprobados en 2021 por la Junta Directiva

08/12/23 | 15:27pm

A partir del 12 de enero de 2024 entrarán a regir los cambios en las condiciones para pensionarse en la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).

Ahora los hombres no podrán aplicar para una pensión anticipada a los 61 años y 11 meses, por lo que deberán esperar a los 65 años; mientras que las mujeres sí podrán aplicar a un retiro anticipado, pero ya no a los 59 años, sino que a los 63 con 405 cuotas.

Estos cambios fueron aprobados por la Junta Directiva de la CCSS en 2021 como parte de una de las soluciones para incrementar la sostenibilidad en el régimen hasta el 2050. 

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La institución comunicó que realizó una serie de modificaciones al régimen con base en los artículos 5, 23 y 24 del Reglamento interno sobre esta materia. 

Lo anterior, según la CCSS, se aplicará conforme a lo estipulado a estudios actuariales respectivos y garantizar el punto puntual de las jubilaciones.

El director de pensiones de la CCSS, Ubaldo Carrillo Cubillo, indicó que es urgente ejecutar las acciones para fortalecer el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte. 

"Las autoridades institucionales buscan con estas medidas ampliar la suficiencia del régimen IVM y dar tiempo suficiente para que se tomen otras medidas de financiamiento que permitan llevar la sostenibilidad más allá del 2050, todo con el propósito de establecer una discusión país sobre el fortalecimiento del IVM dentro de la estructura del Sistema Nacional de Pensiones", sostuvo. 

De acuerdo con la Caja, se modifica el artículo 23, con el propósito de que la fórmula de cálculo que en las pensiones por vejez o invalidez, el promedio salarial se obtenga de los mejores 300 (trescientos) salarios o ingresos mensuales devengados y cotizados por el asegurado, actualización por inflación.

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“En el artículo 24 la cuantía básica que comprende el monto de pensión por invalidez, vejez o muerte de un trabajador activo como porcentaje del salario o ingreso promedio indicado en el párrafo anterior, utilizará también para estimar el rango a aplicar, el promedio de 300 salarios”, comunicó la institución. 

AmeliaRueda.com

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