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Fotografía: Facebook Francisco Gamboa

Banco Nacional evita pronunciarse sobre legalidad de cargo político de exministro: “Le corresponde al TSE”

Jurisprudencia del Tribunal determina que “las licencias (permiso sin goce de salario) no rompen el vínculo funcionarial”

03/06/25 | 16:58pm

El Banco Nacional de Costa Rica (BN) evita pronunciarse sobre la legalidad del nombramiento del exministro Francisco Gamboa como secretario general del Partido Pueblo Soberano (PPSO); la entidad bancaria está involucrada en el tema porque el exjerarca mantiene una plaza como director de uno de sus departamentos, aunque actualmente tiene activo un permiso sin goce de salario. 

En respuesta a AmeliaRueda.com, el BN dijo que le corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) determinar si el exministro incurre en beligerancia política al ser parte de la agrupación afín al Gobierno, lo cual va en contra de lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, que prohíbe expresamente este tipo de vínculos para ciertos funcionarios bancarios (como en el caso de Gamboa).

“El análisis correspondiente relacionado con el caso del señor Francisco Gamboa compete al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

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“En este caso se requiere revisar la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) como de la Procuraduría General de la República (PGR). Le corresponde al TSE resolver sobre este tema”, respondió la Dirección Jurídica del BN ante las consultas. Además, agregaron que en este momento están realizando “el análisis fáctico y jurídico sobre los pasos a seguir”, esto al consultar si la entidad bancaria presentará la denuncia ante el Tribunal.

Sobre el tema, el exministro asegura que la prohibición establecida en la normativa no le abarca al estar desde hace más de tres años con un permiso sin goce de salario, declaración que es contraria a lo establecido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Elecciones. 

Lea: “No se está trasgrediendo ninguna normativa”, defiende exministro tras asumir secretaría de Pueblo Soberano mientras tiene permiso del Banco Nacional

Relación laboral

AmeliaRueda.com consultó al TSE sobre los aspectos relacionados con la beligerancia política y la aplicación de la ley a funcionarios públicos con permisos sin goce de salario. 

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El letrado de la entidad, Andrei Cambronero, explicó que la jurisprudencia del TSE desde hace 20 años establece que “las licencias no rompen el vínculo funcionarial, esto quiere decir que yo soy funcionario público, aunque haya pedido un permiso con o sin goce entonces las restricciones se mantienen en el tiempo”. 

Esto deja claro que a criterio del TSE, y con base en resoluciones pasadas, Gamboa mantiene sus restricciones y obligaciones como funcionario bancario, más aún tomando en cuenta que existe una normativa que le aplica de manera específica. 

El análisis por posible beligerancia política que realiza el Tribunal debe partir de una denuncia presentada, la cual, en el caso de Gamboa, aún no se presenta. 

Andrei Cambronero – letrado TSE

Sobre el nombramiento de Gamboa como secretario general del PPSO, requiere de una revisión básica del TSE donde se analizan los requisitos de cumplimiento del estatuto de la agrupación y de la legislación electoral. 

Lo relacionado con la posible beligerancia política que se aduce corresponde a un análisis aparte de mayor profundidad, que nace desde una denuncia y que deberá abarcar diversas aristas, como determinar si se trata o no de un funcionario público y el tipo de restricción que le abarca: genérica o absoluta. 

La restricción genérica aplica a todos los funcionarios públicos y establece la imposibilidad de participar en materia político electoral en horario laboral, o bien, utilizar el cargo para beneficiar o perjudicar a una agrupación política. 

Por su parte, la restricción absoluta determina una lista de funcionarios públicos que no pueden realizar ningún tipo de actividad de índole político electoral, y solo se les permite votar el día de las elecciones. 

Las personas incluidas en esta prohibición absoluta están establecidas en el articulo 146 del Código Electoral y también abarca las prohibiciones de leyes específicas, como la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional.

Andrei Cambronero – letrado TSE

“De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Elecciones, si un funcionario público está sujeto a la restricción absoluta, aún y cuando esté en licencia con o sin goce de salario, mantiene la prohibición”, reiteró Cambronero al explicar los alcances generales de la legislación.

Si un funcionario público incumple lo establecido en la ley y comete beligerancia política se expone a una destitución del cargo público y la inhabilitación hasta por cuatro años para ocupar otros puestos en la función pública. 

AmeliaRueda.com

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