Vivienda, Municipalidad, Desalojos, Sala IV
Fotografía con fines ilustrativos.

Desalojo de adulta mayor en Oreamuno debe detenerse hasta que Municipalidad encuentre “solución digna”, falla Sala IV

La recurrente asegura haber vivido en el terreno por aproximadamente 38 años y ahora su hija y dos nietos menores viven con ella

01/11/24 | 15:56pm

La Sala Constitucional falló a favor un recurso de amparo interpuesto por una adulta mayor residente de Oreamuno de Cartago y ordenó a la Municipalidad de este cantón detener el proceso de desalojo de su vivienda hasta que se le ofrezca una "alternativa habitacional adecuada y permanente". 

La recurrente, quien asegura haber vivido en el terreno por aproximadamente 38 años, señaló ante el tribunal su "imposibilidad económica" para mudarse y la falta de otro lugar donde residir, situación que afecta también a su hija y dos nietos menores que viven con ella.

Según la resolución de la Sala Constitucional, el alcalde de Oreamuno, Erick Jiménez, deberá coordinar con el Consejo de la Persona Adulta Mayor, el Instituto Mixto de Ayuda Social y otras entidades pertinentes para encontrar una “solución digna” que permita a la familia habitar en un lugar que no sea de carácter temporal. El Tribunal indicó que "la coordinación y gestión de esta solución deberá realizarse en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la notificación del fallo".

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La Sala también advirtió que el incumplimiento de su orden podría derivar en sanciones penales o multas, conforme al artículo 71 de la Ley de la jurisdicción constitucional. 

Además, el fallo condena a la Municipalidad de Oreamuno al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados, que serán determinados en un proceso de ejecución de sentencia en el ámbito contencioso administrativo.

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