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Corte Plena

Votaciones del Poder Judicial serán públicas: diputados aprueban ley en segundo debate

​Con 40 votos a favor y cuatro en contra, la Asamblea Legislativa convierte en ley la garantía de transparencia en nombramientos de la Corte Suprema de Justicia

11/10/22 | 17:44pm

Las votaciones del Poder Judicial, incluidos los nombramientos que hace la Corte Suprema de Justicia, serán públicas gracias a una ley aprobada en segundo debate por 40 diputados en la sesión de plenario de este martes de la Asamblea Legislativa.

El proyecto, presentado por la fracción del Frente Amplio (FA), contó el apoyo mayoritario del pleno tanto en el primero como en el segundo debate. Solo cuatro presentes en el momento de la votación de este martes votaron en contra del mismo. Se trata de Danny Vargas, Katherine Moreira y Dinorah Barquero, del PLN, y Carlos Robles, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).

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Ariel Robles, el diputado del FA que firmó la iniciativa, agradeció a los legisladores de las otras bancadas por dar un "paso pequeño" para recuperar "la credibilidad de la gente en nuestra institucionalidad, en nuestro quehacer", a través de la "transparencia".

El diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), José Joaquín Hernández, celebró que "estamos dando un paso más en ese camino de la transparencia, que es clave en estas funciones", y que se suma a las votaciones públicas de nombramientos en el Congreso.

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La ley aprobada en segundo debate reforma dos artículos y un inciso de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuya versión original data de noviembre de 1937.

El artículo 15 se cambiará para que lea: "Los nombramientos se realizarán mediante votación pública", mientras que el 58 ahora dirá que "las sesiones y votaciones serán públicas", salvo que una moción apoyada por dos terceras partes disponga lo contrario.

Esta última disposición "procederá solo cuando exista una excepción calificada a los principios de transparencia y publicidad y, por ende, de aplicación e interpretación restrictiva".

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Esto implica, según el nuevo texto de la ley, que la privacidad "procederá únicamente para casos en los que la información que allí se discuta tenga naturaleza de secreto de Estado o de información de confidencialidad de terceros conforme a la ley".

El inciso 6 del artículo 59 dispone que corresponde a la Corte Suprema de Justicia "designar, en votación pública, al presidente y al vicepresidente de la Corte". Otra votación que ahora será pública será la de fiscal general, pues le corresponde al órgano.

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