La querella y acción civil resarcitoria se presentaron el pasado viernes 28 de enero en sede penal
31/01/22 | 10:25am
La Procuraduría de la Ética Pública (PEP) presentó la querella y la acción civil resarcitoria contra el diputado independiente del bloque Nueva República Jonathan Prendas Rodríguez, a quien se le señala por presuntas faltas al deber de probidad, esto por haber aceptado un viaje a España en el 2019.
Por este caso, la PEP reclama al legislador la suma de ¢10 millones por el daño social ocasionado.
"La Fiscalía General de la República culminó la investigación penal contra el diputado Jonathan Prendas Rodríguez (sumaria 19-000010-33-PE) y, conforme al numeral 306 del Código Procesal Penal, desde el pasado día 13 de enero del año en curso, puso en conocimiento de la Procuraduría de la Ética Pública, en representación del Estado y en su condición de víctima en el proceso, la acusación penal.
"Los hechos investigados por la Fiscalía derivaron de publicaciones realizadas en el año 2019, por medios de comunicación nacional. En conocimiento de esas notas periodísticas investigativas, la PEP realizó una investigación administrativa oficiosa (expediente DEP-47-2019), por presuntas faltas al Deber de Probidad, en relación con la aceptación de una dádiva e interpuso la respectiva denuncia penal ante la Fiscalía General de la República con motivo de su asistencia a un Congreso fuera del país, en la última semana de febrero del 2019, y cuyos gastos de transporte aéreo y estancia, aparentemente, habían sido sufragados en forma privada", manifiesta la Procuraduría.
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La investigación administrativa a cargo de la PEP finalizó en diciembre del 2020 y se enviaron los respectivos informes al Directorio Legislativo de la Asamblea Legislativa desde enero del 2021; sin embargo, de acuerdo con lo indicado por la Procuraduría "ese Poder de la República no instruyó el respectivo procedimiento administrativo porque, a la fecha, no se ha cumplido con la obligación de promulgar una ley que regule el régimen sancionatorio de los Diputados y Diputadas de la República por faltas al deber de probidad, conforme lo ordenó la Sala Constitucional en el Voto No. 11352 del 2010 y, a la reforma constitucional del artículo 112".
Ante la falta de acciones en el Poder Legislativo, la Procuraduría mantuvo su rol activo en el proceso penal y por esa razón presentó el pasado viernes 28 de enero la respectiva querella y acción civil resarcitoria por el supuesto delito de enriquecimiento ilícito.
"Los hechos que se querellan -con probabilidad suficiente- constituyen delitos de Enriquecimiento Ilícito, porque el diputado Prendas Rodríguez admitió una dádiva ofrecida en consideración a su cargo como Diputado por un sujeto privado, consistente en un viaje a España con boletos aéreos, traslados, entre otros; sufragados de manera privada y por haber percibido el pago de dietas correspondientes a sesiones de la Asamblea Legislativa durante los días que estuvo en dicho viaje, delitos previstos y sancionados en el Código Penal y la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública respectivamente.
"Además, se demanda civilmente el resarcimiento del daño social derivado de dichos delitos, y que asciende a una suma total de ¢10.000.000 así como la indemnización por el daño material ocasionado y las costas correspondientes", informó la PEP.
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El proceso penal y el reclamo económico contra Prendas requiere de un trámite especial por tratarse de un miembro de los Supremos Poderes.
Eso quiere decir que se tienen un procedimiento especial para ser juzgado el cual establece múltiples pasos para lograr el levantamiento de la inmunidad parlamentaria.
"Requiere, dentro del trámite a seguir, que la Corte Suprema de Justicia, autorice la prosecución penal –si así lo estima pertinente- y remita el proceso a la Asamblea Legislativa, para que se realice el procedimiento de levantamiento de fuero de improcedibilidad conforme lo establece la Constitución Política y el Reglamento de la Asamblea Legislativa; en cuyo caso, si se levanta el fuero, el procedimiento seguirá en la Sala de Casación Penal, que es la competente para tomar la declaración al Diputado, conferir audiencia para que las partes ofrezcan prueba y señalar fecha y hora para celebrar el juicio oral y público. En caso de que se acabe el periodo constitucional en el transcurso del procedimiento, el mismo pasa a ser un procedimiento de la vía ordinaria", explicó la Procuraduría.
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