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Patricia Mora

TSE pide levantar inmunidad a ministra Patricia Mora por beligerancia política

​Magistrados del TSE enviaron la solicitud a la Asamblea Legislativa

27/02/20 | 11:50am

Los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) solicitan a la Asamblea Legislativa el levantamiento de la inmunidad de la ministra de la Condición de la Mujer y presidenta Ejecutiva el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), Patricia Mora.

Así lo informó el TSE mediante un comunicado de prensa donde se indica que la petición es necesaria debido a la apertura de un procedimiento por beligerancia o participación política en contra de Mora.

“Este miércoles, la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones, integrada por la magistrada Zetty María Bou Valverde, que la preside, y los magistrados Mary Anne Mannix Arnold y Hugo Picado León, solicitó a la Asamblea Legislativa el levantamiento de la inmunidad de Ana Patricia Mora Castellanos, Ministra de la Condición de la Mujer”, se informó.

Según el reporte, el levantamiento de la inmunidad se solicita luego de una investigación preliminar por la cual la Inspección Electoral recomendó abrir el procedimiento.

“La Sección Especializada del TSE estimó pertinente acoger esa recomendación, pero, en virtud de la investidura de la denunciada, en acatamiento de lo dispuesto por los artículos 110 y 143 de la Constitución Política, 270 del Código Electoral y 218 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, previamente dispuso solicitar el levantamiento de su inmunidad a la Asamblea Legislativa”, agregan en el comunicado.

Mora había sido denunciada en febrero del 2019 por participar en la Asamblea Nacional del Frente Amplio, la cual se realizó el 9 de febrero del 2019.

En dicha actividad, la actual ministra participó en calidad de delegada territorial por San José y según testigos, emitió un discurso por más de 20 minutos. La denuncia contra Mora por beligerancia política la presentó la fracción del Partido Liberación Nacional (PLN).

Según el Código Electoral, "transgredir las prohibiciones del artículo 146" tiene como consecuencias el despido sin responsabilidad patronal o la remoción del cargo y, además, "la inhabilitación para ejercer puestos públicos por un período de 2 a 4 años.

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