Tributación garantiza seguridad de información que den 480 grandes empresas con fines tributarios

​Sala I rechazó una demanda presentada por la Cámara de Industrias de Costa Rica

08/08/17 | 09:47am

La información que aporten 480 grandes empresas a la Administración Tributaria para el análisis y la evaluación de datos, se tratará bajo estrictas medidas de seguridad, así lo garantizó el director general de Tributación, Carlos Vargas, la mañana de este martes en el programa Nuestra Voz.

"Ciertamente la Administración Tributaria lo que ha venido haciendo con los grandes contribuyentes, que son alrededor de 480 que tienen la obligación en este momento de suministrar la información, es habilitar los mecanismos para que ellos suministren electrónicamente esa información y nosotros resguardarla en las bases de datos de la Administración Tributaria las cuales se manejan de manera prudente para efectos de minimizar cualquier posibilidad de filtración de información", puntualizó Vargas.

La Sala I rechazó una denuncia presentada por la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) contra el Estado, en la cual solicitaban la anulación del artículo 8 de la herramienta de Análisis Multifuncional Programado y Objetivo (AMPO), un mecanismo mediante el cual la Dirección General de Tributación (DGT) puede pedir información relevante a las empresas para hacer análisis e inspecciones. La información fue confirmada este lunes 7 de agosto por Hacienda.

Los magistrados resolvieron que el uso del AMPO es legal y facultaron a la DGT para que solicite información "que se encuentre impresa en forma de documento, en soporte técnico o registrada por cualquier otro medio tecnológico".

"Hay que tener claro una cosa con el tema de esta resolución, la Sala I primera viene a aclarar que la información de inversionistas es relevante para efectos tributarios, no solo para verificar cumplimiento adecuado de los grandes contribuyentes, sino de cualquier contribuyente. Esta información se puede pedir de manera individual, en un caso concreto, pero también de manera generalizada, a efectos de poder realizar este trabajo de análisis de riesgo que es la tendencia más moderna para poder garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias", apuntó el Director de Tributación.

La CICR abrió el caso contra el artículo 8 del AMPO en abril del 2015, cuando presentó la denuncia ante el Tribunal Contencioso Administrativo para apelar esa normativa. El proceso se dilucidó en la Sala I, en la última instancia donde se puede pedir casación y revisión de sentencias en materia civil, comercial y contencioso administrativa, y civil de Hacienda.

La resolución final de la Sala I pone fin una disputa legal y, además, reafirma la potestad de Tributación para solicitar datos, informaciones y documentos que considere necesarios para revisar que las grandes empresas paguen sus impuestos de forma correcta y con ello cierra el espacio para delitos de evasión fiscal.

El director ejecutivo de la CICR, Francisco Gamboa, indicó vía mensaje de texto que espera que la implementación del artículo 8 del AMPO no afecte la generación de empleo en las empresas privadas del país, y que no ponga a las compañías ante una posición de abusos y arbitrariedad por parte de Tributación.

La Ley Contra el Fraude Fiscal que entró a regir en diciembre del 2016, creó el registro de accionistas que es una base de datos custodiada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) donde las empresas deben dar un listado de sus accionistas y beneficiarios finales para el control de la Administración Tributaria.

El Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) son las dos instituciones que tienen acceso a este registro de accionistas como parte de sus investigaciones contra el la evasión fiscal y el lavado de dinero.

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