Carlos Andrés Pérez había sido sentencia a dos años de prisión por un Tribunal de Flagrancia
26/02/19 | 17:43pm
El Tribunal de Apelación del II Circuito Judicial de San José ordenó la liberación a funcionario de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), Carlos Andrés Pérez, quien había sido sentenciado a dos años de prisión por un supuesto sabotaje durante la huelga contra la reforma fiscal.
CARLOS ANDRÉS PEREZ SÁNCHEZ, preso político por su participación en la Huelga Patriótica contra el Combo Fiscal, LIBRE!!! Se hizo justicia. Deberán devolverle su empleo en Recope. El juez de flagrancia que políticamente lo condenó queda cuestionado. Derrota para el Gobierno!
— Albino Vargas (@AlbinoVargasB) 26 de febrero de 2019
La tarde de este martes, la oficina de prensa del Poder Judicial remitió a este medio un comunicado del órgano, en el que se detallan siete yerros que motivaron la suspensión de la condena dictada por el Tribunal de Flagrancia de Limón y la formulación de un nuevo juicio.
Ello a partir de los recursos presentados por el Ministerio Público y por el defensor de Pérez, Henry Loaiza; así como una detección de vicios que los jueces hicieron de oficio en el expediente 18-000244-1130-PE.
"Producto de lo anterior, el Tribunal de Apelación anuló integralmente la sentencia recurrida, ordenó que se efectuara un nuevo debate para discutir tanto lo penal como lo civil, con los límites de pena y de pretensiones civiles fijados en el juicio hoy anulado y dispuso la inmediata libertad del acusado. Asimismo, dispuso comunicar lo resuelto al Tribunal de la Inspección Judicial para que se determinara si le cabía al juez Céspedes alguna responsabilidad por lo actuado", indica el anuncio.
Los juzgadores precisaron entre los yerros lo siguiente:
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) emitió una nota de prensa en la Loaiza dijo haber sido notificado este martes a través de su correo electrónico, situación por la cual se apersonará al Centro de Atención Institucional de Limón para pedir la inmediata liberación de su cliente.
El abogado recalcó que en una eventual nueva sentencia, esta no podrá incluir una pena mayor a dos años de prisión, ya que la resolución del Tribunal de Apelación establece que debe respetarse la no reforma en perjuicio.
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