Los procesos de adopción ya no realizan distinción alguna entre parejas heterosexuales y homosexuales, solo buscan la idoneidad del hogar para cada niño, según indicó Jorge Urbina, encargado de estos procesos en el PANI.
17/01/21 | 08:44am
Tres parejas compuestas por personas del mismo sexo ya son solicitantes activas de adopción, después de la entrada en vigencia del matrimonio igualitario en mayo de 2020.
El dato lo confirmó a AmeliaRueda.com Jorge Arturo Urbina, coordinador del departamento de Adopciones del Patronato Nacional de la Infancia (PANI); quien señaló que la entidad gestiona su "valoración de idoneidad con fines adoptivos".
Más de 500 familias compuestas por parejas del mismo sexo ya registraron sus matrimonios oficialmente, desde el 26 de mayo del año pasado, cuando quedaron oficialmente derogadas las normas que lo prohibían, por mandato de la Sala Constitucional. Según datos del Registro Civil, 507 inscripciones se tramitaron completamente en 2020 y otras nueve seguían su trámite para ello a inicios de este 2021.
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Con la entrada en vigencia del matrimonio igualitario, también se abrió paso para la adopción por parte de parejas diversas. Hasta entonces, era imposible la inscripción de comaternidades o copaternidades y, por tanto, dos personas del mismo sexo no podían compartir los derechos familiares sobre un mismo niño o una misma niña, como cualquier matrimonio.
Así lo recordó Urbina, quien señaló que existían al menos tres trabas legales en el Código de Familia que ahora quedaron disueltas (artículos 14, 103 y 242 del Código de Familia).
Consultado sobre los nuevos procesos de adopción, el coordinador Jorge Urbina enfatizó que son tres parejas que seguirán los mismos estándares de selección que siempre se han aplicado. Según dijo, se realizan "análisis técnico-profesionales integrales, objetivos y totalmente inclusivos", para determinar la "idoneidad" de cada hogar para recibir a su nuevo integrante.
Urbina detalló que estos estudios se enfocan en "las características, capacidades y competencias protectoras parentales de las familias solicitantes y las historias, características y requerimientos específicos de las personas menores de edad", tal como regulan el Código de Familia y el Reglamento para los Procesos de Adopción Nacional. No se realiza distinción alguna por pareja solicitante.
"El interés de los procesos de valoración y selección técnica que realiza el PANI, es garantizar a los niños, niñas y adolescentes que requieren de una ubicación familiar que serán ubicados bajo la protección de la mejor familia adoptiva que se les pueda proveer, en términos de su atención, contención y apoyo".
"Los procesos de valoración de idoneidad potencialmente adoptiva que ejecuta el Departamento de Adopciones del PANI no han sufrido cambios ni a nivel procesal, ni sustantivo con la entrada en vigencia del matrimonio igualitario. Estos procesos responden a valoraciones psicosociolegales integrales, cuyo fin es determinar de manera técnica y profesional, la existencia de motivaciones, capacidades y competencias idóneas de carácter protector y atencional en los solicitantes, a efecto de garantizar que podrán asumir de forma idónea la función parental, indistintamente de su sexo, orientación sexual, identidad de género o representación de género", puntualizó.
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Aparte de los procesos de adopción, el Registro Civil también contabiliza que siete parejas compuestas por mujeres ya tramitaron la inscripción de sus hijos bajo comaternidades. Es decir, lograron que el Estado reconozca a ambas como madres de los mismos niños o niñas.
Este proceso tampoco se podía aplica antes de la aprobación del matrimonio igualitario.
La dependencia del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) realizó las correcciones solicitadas por las 14 mujeres, y mantenía un proceso adicional en trámite hasta la semana pasada.
Según la autoridad registral, este tipo de inscripciones se puede realizar para hijos adoptados en el extranjero o concebidos por una de las mujeres, siempre que no exista una paternidad activa. En el caso de parejas de hombres, estas solo pueden inscribir hijos vía adopción, y aún no se registran trámites de su tipo.
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