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El clorotalonil es un plaguicida que fue prohibido en la Unión Europea en 2019 por ser potencialmente cancerígeno

Salud debe ejecutar en 6 meses informe que pide prohibir el plaguicida clorotalonil, ordena Sala IV

Tribunal Constitucional declara con lugar recurso de amparo por contaminación de agua en Oreamuno de Cartago

06/06/23 | 17:18pm

El Ministerio de Salud tiene seis meses para adoptar y ejecutar las recomendaciones de un informe que aconseja la prohibición del plaguicida clorotalonil en Costa Rica, ordenó este martes la Sala Constitucional.

Los magistrados resolvieron un recurso de amparo contra Salud, la Asada de Santa Rosa de Oreamuno, y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA). El recurso se deriva de otro que se declaró con lugar en noviembre, que obligaba a abastecer a dos comunidades con cisternas dada la contaminación del agua.

El amparo fue presentado por un vecino de Cipreses de Cartago que dijo que se vulneraban sus derechos fundamentales por recibir agua potable por medio de la Asada de Santa Rosa, cuyo acueducto tiene problemas de contaminación con el mencionado plaguicida que no se han resuelto pese a distintas acciones al respecto.

Ya en noviembre la Sala IV había dado a Salud y al AyA tres meses para "solucionar de manera integral y definitiva" el problema en las nacientes de Plantón y Carlos Calvo, de la Asada de Cipreses, pero ahora da seis meses para aplicar un informe con fecha del 14 de abril de 2023 en el que se emiten ocho recomendaciones al respecto.

Dicho informe fue elaborado por Salud, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), y el AyA, y concluye que "se ha identificado la presencia de metabolitos altamente contaminantes del clorotalonil en fuentes de agua destinadas al consumo humano, lo que demuestra el riesgo potencial de contaminación".

El documento muestra que ocho nacientes de agua para consumo humano "están siendo contaminadas debido a la invasión de zonas de protección y de recarga de acuíferos por la actividad agrícola y ganadera", con presencia de metabolitos de clorotalonil en los acueductos de Cipreses y Santa Rosa de Oreamuno.

En la octava de sus ocho recomendaciones, los autores del informe piden "la prohibición del uso del clorotalonil en Costa Rica", en línea con medidas adoptadas por la Unión Europea, que prohibió este plaguicida en 2019 por considerarlo potencialmente cancerígeno.

"Se deben implementar medidas de seguridad y alternativas para la agricultura que minimicen la exposición de los trabajadores y de los consumidores, así como velar por la protección de las fuentes de agua, el medio ambiente y la salud de la población", dice el informe de Salud, Minae y AyA.

Eliminación gradual

Otras recomendaciones recogidas en el documento —y que ahora la Sala IV pide aplicar en seis meses— son aumentar los controles y promover la sustitución del plaguicida por otros más seguros, fortalecer el Laboratorio Nacional de Aguas para que pueda buscar mejor estos metabolitos, y regular el uso de sustancias químicas.

También se solicita la promoción de prácticas agrícolas sostenibles y la "eliminación gradual" del clorotalonil en la industria agrícola, proteger cuerpos de agua y la salud de la población que depende de ellos, y cancelar los registros vigentes a base de este plaguicida.

Siendo que los jueces constitucionales ordenaron ejecutar todas estas recomendaciones, el magistrado Jorge Araya García dijo que la sentencia es "de especial relevancia" y que las disposiciones de la Sala "van en el sentido de eliminar los riesgos que el uso de este plaguicida tiene".

La ministra de Salud, Mary Munive, y el Área Rectora de Salud de Oreamuno de Cartago deben ahora coordinar con el Minae, el AyA y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) para adoptar las recomendaciones del informe en aras de "garantizar el derecho a la salud y a la vida de las personas".

Mientras tanto, la Asada de Santa Rosa de Oreamuno y el AyA deben garantizar la prestación del servicio de agua potable sin utilizar las fuentes contaminadas "hasta que el servicio pueda ser debidamente restablecido por los medios habituales sin comprometer la seguridad y la salud".

El Estado, el AyA y la Asada fueron condenados al pago de las costas, daños y perjuicios.

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