Privilegios estaban contemplados dentro de sus respectivas convenciones colectivas
30/05/19 | 12:23pm
La Sala Constitucional anuló el beneficio de cesantía superior a los 12 años que permitían las convenciones colectivas de la Universidad Nacional, la Municipalidad de Santa Cruz y la de Vásquez de Coronado.
La resolución toma en cuenta "los principios de razonabilidad y proporcionalidad" y por ese motivo se reducen los años planteados para los funcionarios de estas tres entidades.
En el caso de la Municipalidad de Santa Cruz (resolución N° 2019-009723), el pago de cesantía no tenía tope, mientras que en la Municipalidad de Vázquez de Coronado (N° 2019-009721) se reconocían 30 años de auxilio de cesantía.
"Esa situación ha dejado de tener un fundamento que lo justifique desde la perspectiva de la razonabilidad de las normas… la línea jurisprudencial (tope de 12 años) responde a la difícil situación fiscal y financiera que atraviesa el Estado costarricense, que no es ajeno a las municipalidades del país", señala el fallo.
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Finalmente, en la Universidad Nacional el tope de cesantía establecido era de 20 años, y en este caso también se anula el pago del beneficio en los casos de renuncia del trabajador (resolución N° 2019-009722).
En el comunicado enviado por la Sala Constitucional se reitera este criterio de tope que fija en 12 años el máximo de pago permitido en este rubro.
El mismo pronunciamiento se ha dictado anteriormente para Báncredito, Municipalidad de Carrilo y Abangares, así como Recope.
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"Para que la disposición convencional sea razonable, es posible que el mínimo legal de ocho años pueda incrementarse en cuatro años más, de manera que el tope máximo de cesantía debe radicarse en 12 años", dijo el magistrado Luis Fernando Salazar.
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