Beneficios violentan principios de razonabilidad, igualdad, legalidad y austeridad en el gasto de los recursos públicos, según Sala IV
23/05/19 | 16:00pm
Una serie de beneficios de los cuales gozan los empleados de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) fueron anulados por orden de la Sala Constitucional.
Según informó la Sala este jueves mediante un comunicado de prensa, se trata de disposiciones presentes en 11 artículos de la Convención Colectiva de Trabajo de Recope, las cuales son:
Asimismo, el Tribunal ratificó la anulación de otros cuatro artículos estipulados en la convención:
Para los magistrados constitucionales, dichos beneficios violentan los principios de razonabilidad, igualdad, legalidad y austeridad en el gasto de los recursos públicos.
"Las Convenciones Colectivas de Trabajo, se encuentran sometidas al Derecho de la Constitución; así, las cláusulas convencionales, deben guardar conformidad con las normas y los principios constitucionales de igualdad, prohibición de discriminación, legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, sobre todo, cuando de fondos públicos se trate, sujetos al principio de legalidad presupuestaria", señala la sentencia comunicada por la Sala.
Esta resolución de la Sala se origina de dos acciones de inconstitucionalidad acumuladas en el mismo proceso. Una fue promovida por el exdiputado Otto Guevara Guth y la otra por Enrique Egloff Gerli, representante de la Cámara de Industrias de Costa Rica.
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