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El proyecto podrá votarse en segundo debate en cuanto la Sala Constitucional notifique el resultado de su consulta.

Proyecto que sanciona acoso callejero supera consulta de constitucionalidad e irá a segundo debate

El proyecto ahora podrá votarse de forma definitiva en segundo debate. Establece penas mínimas de entre 15 y 30 días multa, con un rebajo de hasta el 50% de los ingresos del acosador, y hasta tres años de cárcel por grabaciones de vídeo no consensuadas.

07/07/20 | 16:43pm

El proyecto de ley que pretende imponer multas y sanciones de cárcel por actitudes de acoso sexual callejero superó la consulta de constitucionalidad planteada por 12 diputados, y ahora podrá votarse en segundo debate, una vez que el Poder Judicial notifique su resolución a la Asamblea Legislativa.

Los 12 diputados del Partido Restauración Nacional (PRN), del Partido Liberación Nacional (PLN), del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) y del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC) alegaban que la iniciativa ley permitiría "acusar injustamente" y que dejaba "prácticamente al arbitrio del juez en qué ámbito se da la ofensa".

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Al respecto, la Sala Constitucional informó a través de su oficina de prensa que "los aspectos consultados distan de ser contrarios a la Constitución Política, y los valores y principios que la integran, pues son en realidad conceptos definidos y socialmente comprendidos".

Asimismo, señaló que la aplicación de la ley en cada causa o proceso "dependerá, en definitiva, de la valoración que realice la persona juzgadora con base en todo el material probatorio con que se cuente en cada caso concreto".

El proyecto establece como acoso "pronunciar, dirigir o ejecutar" actos de connotación sexual sin consentimiento, que puedan causar "molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, mido u ofensa" a otra persona; ya sean “palabras, ruidos, silbidos, jadeos, gemidos, gestos o ademanes”.

Acoso

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El acoso recibiría una pena mínima de entre 15 y 30 días multa; con un rebajo de hasta el 50% en los ingresos de la persona encontrada culpable. Además, actitudes más graves como grabaciones en vídeo no consensuadas, transmitidas o enviadas a terceros, podrían condenarse con penas de cárcel de hasta tres años de prisión.

El proyecto se aprobó en primer debate desde el 9 de junio pasado, con el visto bueno de 49 legisladores presentes. Sin embargo, la consulta de constitucionalidad presentada el 11 de junio impidió su segunda y última votación en segundo debate. Ahora, una vez resuelto ese trámite, el proyecto podrá recibir su visto bueno definitivo en los próximos días.

La consulta resuelta la firmaron los diputados restauracionistas Xiomara Rodríguez, Mileidy Alvarado, Geovanni Gómez, Melvin Núñez, Carlos Avendaño y Floria Segreda; los liberacionistas Jorge Fonseca, Luis Antonio Aiza, David Gourzong y Paola Valladares; el socialcristiano Óscar Cascante; y el republicano socialcristiano Otto Roberto Vargas, específicamente. Sus votos no serían necesarios para una aprobación mayoritaria, según los registros de la primera votación.

Los datos a hoy

El Ministerio de Seguridad contabiliza 81 casos reportados de acoso sexual callejero entre enero de 2019 y junio de 2020. De ellas, 74 intervenciones las realizó en 2019 y solo nueve en 2020.

De las 81 intervenciones, un 42% se refirió a palabras o actos obscenos, un 20% a casos de exhibicionismo, un 17% a tocamientos, un 11% a miradas y un 10% a proposiciones irrespetuosas.

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Según explicó Seguridad, 50 de las denuncias han terminado con una sentencia en firme y 26 fueron archivadas. Otras cinco siguen en estudio por un juez.

Todos los casos se atendieron a través de un protocolo lanzado por Seguridad en 2019; sin embargo, la cartera abogó por la aprobación del proyecto para brindar mayor seguridad jurídica a los y las denunciantes. Según el Ministerio de Seguridad, que se delimite el acoso sexual callejaro como una actitud criminal en sí misma permitiría un "mayor rango de acción" a sus oficiales y "brindar mayor protección a las víctimas".

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