A partir del lunes 10 de agosto y hasta el 21 de agosto se aplicará una restricción diferenciada en cantones naranja
06/08/20 | 10:33am
Entre el 10 y el 21 de agosto, los vehículos que pueden circular en un cantón amarillo no podrán hacerlo en los cantones con alerta naranja (y viceversa). Por ejemplo, si su placa termina en 1, la restricción indica que en cantones con alerta naranja solo puede transitar el día lunes y el domingo. Sin embargo, en los cantones amarillos, esa placa (la terminada en 1) es la que no lo puede hacer esos mismos días (lunes y domingo).
Esto garantiza que las personas que viven en zona de cierre no puedan trasladarse en sus vehículos a sitios con apertura comercial, ya que se les aplicaría la multa por restricción vehicular sanitaria.
Las excepciones conocidas que usted puede consultar en el siguiente enlace se mantienen, y se establecen -por ejemplo- para las personas que se movilicen al trabajo (y presenten la carta del patrono) o bien, vehículos de carga, de emergencia, entre otros.
En los cantones con alerta naranja se aplicará un cierre comercial, mientras que en los amarillos, no.
La sanción por irrespetar la restricción vehicular sanitaria es de ¢110.000, además del retiro de placas.
Lea: Carta de excepción a la restricción vehicular debe renovarse cada dos meses, establece decreto
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