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Restricción vehicular

Restricción vehicular por placas pares e impares se extenderá hasta 6 de junio

​También se amplío la medida de reducción de aforos en comercios y actividades

28/05/21 | 13:14pm

La restricción vehicular sanitaria por número de placa par e impar se extenderá por una semana más, así lo anunciaron las autoridades del Gobierno como parte de las medidas que se toman para reducir la movilidad y con esto lograr frenar la ola de contagios de covid-19.

La decisión de ampliar las medidas se anunció la mañana de este viernes durante una reunión que sostuvieron las autoridades del Gobierno con diferentes representantes de cámaras empresariales, además, se amplío sobre la medida en la conferencia de prensa convocada por Casa Presidencial, donde estuvo presente el presidente de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), Alexander Solís y el gerente médico de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el doctor Mario Ruiz.

Inicialmente la medida de restricción vehicular por placas con número par e impar tenía vigencia por 12 días hasta el próximo domingo 30 de mayo, sin embargo, ahora se extenderá hasta el domingo 6 de junio, inclusive. Es decir, el próximo lunes 31 de mayo podrán circular únicamente los vehículos cuyas placas terminan en número impar y el martes 1 de junio los vehículos con placas terminadas en número par y así sucesivamente: miércoles 2 de junio impar, jueves 3 de junio par, viernes 4 de junio impar, sábado 5 de junio par y domingo 6 de junio impar.

Restricción Vehicular hasta el 6 de junio

El horario de la restricción se mantendrá, es decir, será de 5 a.m. a 9 p.m.

Por otra parte, se mantiene la lista de 20 excepciones la cual se puede consultar en la página web de Casa Presidencial (dar click aquí). La multa por irrespetar esta medida es de ¢110.000.

Lea: Carta de excepción de restricción vehicular sanitaria debe actualizarse para junio

Aforo

Otra de las medidas que se mantiene vigente para la próxima semana será la reducción de aforos en comercios y actividades.

Por ejemplo, la capacidad permitirá para actividades académicas y empresariales se mantendrá en 150 personas (antes era de 300 personas), en salones de eventos 30 personas (antes era de 75 personas) y en sitios de culto 200 personas (antes era de 300 personas).

En el caso de los bares, se mantendrá una ocupación del 25 por ciento y en los restaurantes del 50 por ciento.

Para los hoteles con más de 100 habitaciones se permite el aforo máximo del 75 por ciento y para los parques nacionales (salvo el Volcán Poás) se permitirá una capacidad máxima del 50 por ciento.

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