COVID-19,Coronavirus,costa rica,restricción vehicular sanitaria
Restricción vehicular diurna será hasta las 7 p.m. a partir de la próxima semana con número de placa

A partir del 13 de abril, vehículos tendrán prohibido circular dos días por semana

Se podrá transitar entre 5 a.m. y 7 p.m. Sábados y domingo solo para ir a supermercados y farmacias.

Antonio Jiménez y Erick Lizano

11/04/20 | 14:02pm

A partir del lunes 13 de abril, los vehículos tendrán prohibición para circular dos veces por semana, como parte de la nueva restricción vehicular sanitaria por el coronavirus Covid-19

De lunes a viernes, la prohibición se regulará por medio de la terminación de placas. Por ejemplo, los lunes NO podrán circular las matrículas que terminan en 1 y 2.

Los fines de semana, en cambio, la restricción se dividirá en dos y sólo se podrá circular para trasladarse supermercados o farmacias. Las placas cuyo último dígito sea un número par, NO podrán circular los sábados. Aquellas terminen en número impar NO puede circular los domingos.

Todo los días, la circulación será permitida entre 5 a.m. y 7 p.m., cuando la circulación está prohibida para todos los vehículos. Los servicios de autoservicio de comida están a sujeto a la restricción vehicular. El servicio a domicilio está permitido las 24 horas.

Restricción vehicular sanitaria del 13 al 30 de abril 2020

El transporte público regular (sin personas de pie) puede brindar servicio de 4:00 a.m. a 11:00 p.m. Los taxis podrán circular las 24 horas.

No se permitirá la circulación de servicios especiales de autobús, microbuses ni de busetas de estudiantes, turismo y ocasionales. En cambio, el transporte especial de colaboradores para empresas, sí se permitirá.

El ferry hará únicamente dos servicios al día, mientras el transporte internacional por vía terrestre sólo se permite la entrada de mercancías y cargas.

Estas disposiciones estarán vigente hasta el 30 de abril y en todo el territorio nacional.

Antes del 3 de abril, la restricción vehicular sanitaria regía de 10 p.m. a 5 a.m., excepto los fines de semana (viernes a domingo) que empezaba a las 5 p.m. El acceso a playas y parques públicos se prohibió, así como el funcionamiento de bares y casinos. Otros comercios como malls, restaurantes y supermercados podían operar siempre y cuando no excedieran el 50 por ciento de la capacidad de cada uno de sus locales.

Con la llegada de Semana Santa, las medidas se endurecieron: la prohibición para circular se extendió (de 5 p.m. a 5 a.m., todos los días y de acuerdo con la terminación de la matrícula del vehículo); todos los comercios cerraron sus puertas, mientras los restaurantes solo pueden dar servicio a domicilio.

Las nuevas medidas que regirán a partir del 13 de abril se anunciaron un día después de que la Organización Mundial de la Salud alertó de un "rebrote mortal" si las medidas confinamiento impuestos en varios países del mundo si se levantan "demasiado rápido".

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