Ley establece el salario global, nuevas reglas para el despido, vacaciones y convenciones colectivas para los funcionarios públicos
07/03/22 | 17:27pm
Tres años después de ingresar a la corriente legislativa, este lunes los diputados aprobaron en segundo debate y final el expediente 21.336 Ley Marco de Empleo Público, reforma busca eliminar las disparidades en los salarios de los empleados públicos, y acabando con los cuestionados pluses salariales.
En total, 39 diputados votaron a favor el proyecto, mientras que 13 lo hicieron en contra.
Antes de iniciar la discusión por el fondo del proyecto en el plenario, la presidenta del Congreso, Silvia Hernández, dejó claro que de conformidad con el artículo 167 de la Constitución Política, la votación para su segundo debate es de 38 votos.
La diputada independiente Paola Vega fue la primera en hablar para recordar la mala técnica legislativa, redacción e incertidumbre jurídica que su criterio va a generar el proyecto y la violación a autonomías de instituciones y negociaciones como incluir la objeción de conciencia como “moneda de cambio”.
Sobre el voto de la Sala Constitucional, que no encontró vicios de inconstitucionalidad en el proyecto, tras una segunda consulta de revisión, Vega lo calificó como vergonzoso y que “la Sala IV se lava las manos”.
La legisladora señaló que el Partido Liberación Nacional (PLN) no ganará las elecciones tras respaldar este proyecto, tal y como el Partido Acción Ciudadana (PAC) quedó sin diputados para el próximo periodo tras respaldar esta ley.
El diputado del Partido Integración Nacional (PIN), Walter Muñoz, lamentó que la ley no resuelve el problema de empleo público, ni tampoco el tema fiscal.
El frenteamplista José María Villalta calificó como “desafortunado” el proyecto y que a él la resolución de la Sala Constitucional no le sorprendió, ya que dijo que tendencia donde se “acomodan políticamente”, con fundamentaciones débiles.
Recordó que ambos candidatos presidenciales han dicho que harían cambios a la ley, ya que si no se corrige, aumentarían las desigualdades salariales y haría más difícil despedir a jefes corruptos.
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La reforma establece el salario global, una remuneración igual para las mismas condiciones de trabajo, tanto para nuevos como actuales funcionarios públicos, que no aplica a instituciones en competencia, como el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) o el Instituto Nacional de Seguros (INS).
Cabe señalar que en los casos de los actuales funcionarios, si su salario es mayor al global, se les congelará y aquellos que sea menor mantendrán sus beneficios. En ambos casos una vez alcancen el monto del salario global pasarán a ese esquema de forma definitiva.
La ley aplica a todo el sector público con excepción de los entes públicos no estatales, el Cuerpo de Bomberos y las instituciones en competencia, aunque estas sí deberán someterse a lo relativo a negociaciones de convenciones colectivas.
La rectoría de la ley la tendrá el Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplan), que dictará las políticas de la ley y la contrucción de la escala salarial. Fuera de esa rectoría quedan: el Poder Judicial, Asamblea Legislativa, Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), universidades públicas, municipalidades y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
El salario más alto será el del presidente de la República, seguido de los vicepresidentes, ministros, viceministros y de los jerarcas de la Procuraduría General de la República.
Para los despidos de los funcionarios, todo aquel que obtenga dos notas de evaluación de desempeño menores a 70%, y que queden en firme tras la impugnación, podrá ser despedido.
En el caso de las vacaciones, el tope será de 20 días al año y no se podrán acumular dos periodos consecutivos.
Los padres que sean funcionarios públicos y tengan un hijo biológico o adoptado, tendrán un permiso de paternidad de un mes con goce de salario.
En el caso de las madres funcionarias públicas, tendrán una licencia de dos meses adicionales en caso de nacimiento prematuros, con discapacidad, enfermedades crónicas y partos múltiples.
Las negociaciones de convenciones colectivas ya no podrán incluir nuevas obligaciones o derechos, modificar salarios, incentivos, compensaciones, pluses salariales o crear plazas.
Según datos del Mideplan, la aplicación de esta ley generaría un ahorro del 1.04% del Producto Interno Bruto por año, es decir poco más de ¢393 mil millones anuales.
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