Abogados laboristas alegan falta de claridad en capítulo de huelgas de la Reforma Procesal Laboral
24/09/18 | 09:05am
Los rebajos salariales a los empleados públicos que participen en huelgas calificadas como ilegales quedarán sujetos a la interpretación que hagan los Juzgados de Trabajo ante un vacío existente en el artículo 379 de la Reforma Procesal Laboral. Ese criterio será el que determine si los patronos deben descontar los pagos desde el día en el que los servidores abandonaron sus labores para manifestarse o si debe ser a partir del momento en que hay un sentencia en firme.
A esa conclusión llegaron la mañana de este lunes en el programa Nuestra Voz los abogados laboristas Marco Durante y Esteban Calvo, quienes discutieron sobre la resolución de ilegalidad que dictó el Juzgado de Trabajo del I Circuito Judicial de San José sobre la protesta promovida por el sindicato del Consejo Nacional de la Producción (CNP), como parte de un movimiento general contra el proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
"La norma que regula ese punto en particular no es clara. Yo no conozco que ya haya existido algún pronunciamiento aplicando e interpretando esa norma, que recordemos es una norma nueva que antes no estaba", dijo Calvo.
Durante reconoció, por su parte, que "va a ser un juez el que determine en última instancia si la huelga, una vez declarada ilegal, le permite al patrono iniciar una procedimiento interno para poder recuperar los salarios que pagó mientras el movimiento no tenía declaratoria de ilegalidad".
"Hay que decir que hay que ver cómo se va a aplicar esa norma en la hay dos tesis, porque esto es el derecho y eso pasa en especial cuando las normas no son claras; hay que interpretarlas y a la hora de esa interpretación, donde hay dos abogados, hay tres opiniones. Habrá que esperar a ver como se resuelve", recalcó Calvo.
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Donde las versiones de los abogados contrastaron fue en el momento que a criterio de estos debería de aplicarse la rebaja.
Para Calvo, la medida procedería únicamente a partir de una declaratoria de ilegalidad en firme, sustentándose en la aplicación de los criterios de aplicación que contiene el Código de Trabajo, el cual establece que deben ser en pro de los trabajadores.
Durante, en cambio, piensa que los rebajos deberían ser efectivos a partir del día en el que el empleado dejó de presentarse.
"Si el patrono no puede recuperar los salarios por todos los días en que los trabajadores participaron en una huelga ilegal estaríamos comprometiendo fondos públicos. La legislación laboral costarricense establece que el salario es el pago por servicio o labores prestadas y aquí no hubo trabajo porque se estuvo en un movimiento huelguístico. Mientras el movimiento huelguístico no se calificó, por supuesto que todos entendemos que se presume que están en un ejercicio legítimo de un derecho constitucional, pero una vez que se declaró ilegal la huelga, los trabajadores estuvieron sin trabajar por un hecho que se declaró ilícito. Por eso para nuestro criterio no es posible justificar el salario -mucho más cuando se trata de fondos públicos- por la actividad ilícita de un grupo de trabajadores", explicó Durante.
El experto recordó que la única manera de no laborar y al mismo tiempo recibir un salario es en casos en los que el patrono concede un permiso con goce o bien por un asueto.
La huelga del CNP fue considera ilegal debido a que excede la relación laboral al inmiscuirse en un proyecto que está en discusión en la Asamblea Legislativa. Justamente, las manifestaciones contra el expediente 20.580 alcanzaron este lunes 15 días consecutivos de protesta, por las cuales 32 instituciones públicas esperan resoluciones a sus solicitudes de declaratoria de ilegalidad de huelga.
Crédito de fotografía: Israel Solís.
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