También argumentan "invalidez" de resolución en la que se concede permiso de funcionamiento del zoológico
14/05/21 | 13:27pm
El Ponderosa Adventures Park desoye la orden que le fue girada para prohibir a sus visitantes alimentar a los animales de su colección y tomarse selfies con estos, toda vez que -alega- no ha sido debidamente notificado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac).
La misiva del órgano adscrito al Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) fue girada el 19 de abril pasado y advertía que quedaban 10 días para cumplir un compromiso seis meses antes para realizar una serie de cambios que a este 14 de mayo no han sido implementados, según confirmó a AmeliaRueda.com el abogado del parque, Wálter Brenes Soto.
Esto debido a que la disposición emanada por el Área de Conservación Guanacaste (ACG) únicamente fue notificada de manera electrónica al representante legal de Ponderosa, David Joseph Patey, así como al regente del zoológico, Rodolfo Vargas Leitón.
De hecho, este último contestó en una nota enviada el 26 de abril que está "imposibilitado de atender instrucciones" hasta tanto el empresario sea "notificado personalmente del oficio ACG-DRFVS-OSRL-VS-012-2021"; que es en el que además se le ordena al zoológico cumplir con suplan de anticoncepción para impedir la reproducción de especies silvestres que se manejan en cautiverio, que en el caso en cuestión incluye jirafas, cebras y avestruces.
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"No hay una notificación personal a don David, él no ha recibido formalmente y por ende nosotros no podemos cumplir con algo que no ha cumplido con la formalidad específica de notificar al representante legal de la compañía", manifestó Brenes Soto cuando se le cuestionó si el parque cumple o no con la disposición del Sistema de Áreas de Conservación.
En el oficio de Vargas Leitón -también firmado por el jurista- se argumenta que el artículo 239 de la Ley General de la Administración Pública establece que "todo acto de procedimiento que afecte derechos o intereses de las partes o de un tercero, deberá ser debidamente comunicado al afectado, de conformidad con esta norma".
Asimismo, el 13 de mayo, el representante legal de Ponderosa y su abogado suministraron a este medio un comunicado donde informan que pidieron enmendar supuestos errores contenidos en los procedimientos administrativos seguidos por funcionarios del Sistema de Áreas de Conservación, "por considerar que son inválidos y absolutamente nulos". Se trata de las 005/2020-ACG-DRFVS-OSRL-VS y 157/2020-ACG-DRFVS-OSRL.
De acuerdo con Brenes Soto en el primero de los documentos se le otorga el permiso de funcionamiento al centro de refugio; sin embargo, quien lo firma es el director de Recursos Forestales y de Vida Silvestre del Área de Conservación de Guanacaste, Francisco Javier Ramírez Noguera, en vez del jefe de la oficina Subregión Liberia.
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A criterio del parque, el funcionario que otorgó el aval carece de competencias para tal fin y por ende corresponde su nulidad, toda vez que -argumenta, la descripción del perfil de su cargo le atribuye labores dirigidas a "gestionar, facilitar y promover el manejo y uso sostenible de los ecosistemas forestales, para integrar sus bienes y servicios al desarrollo económico y social del país, con la participación de la sociedad y en concordancia con la normativa técnica y jurídica que regula su control y protección; así como el control y protección en el área del agropaisaje".
Por todo esto solicitaron que se subsane la invalidez mediante un nuevo acto administrativo "válido y firmado por el jefe de la Subregión de Liberia del Área de Conservación Guanacaste".
"¿A qué viene todo esto? Pues evidentemente si a nosotros no nos otorgaron de forma debida el permiso para el funcionamiento viene a invalidarse básicamente todo lo asociado o relacionado con las instrucciones, directrices y otros documentos que nos ha venido girando el Área de Conservación Guanacaste y ahí es donde nosotros queremos entrar en el punto. Es decir, no puede ser posible que tenemos una oficina como la del Área de Conservación Guanacaste que se equivoca con temas de procedimiento y nos quiera trasladar a nosotros una responsabilidad de que cumplamos con una serie de órdenes que ellos están emitiendo sin siquiera haber tenido el cuidado de que la persona que las está firmando no corresponde a la persona competente", señaló el abogado.
El viceministro de Ambiente, Franklin Paniagua Alfaro, pasadas las 4:15 p.m. del 14 de mayo en una entrevista con AmeliaRueda.com, desmintió que la empresa se haya dado por desentendida sobre el oficio, toda vez que 11 días antes, sostuvo una reunión con los responsables del parque. "Él (Brenes Soto) dice que estuvo mal notificado, pero eso es falso. Absolutamente falso. En los documentos que nos ha entregado Ponderosa se señala un correo, porque estamos en el siglo XXI y trabajamos con correo electrónico, nos señalan un correo electrónico de notificaciones al que lo hemos hecho antes y a ese mismo notificamos este recordatorio. La idea de que la notificación es como en el siglo XVIII es absurda. Ese comentario a parte desconoce de la reunión que tuvimos con el propietario del zoológico y desconoce el funcionamiento básico de la comunicación en este siglo", manifestó.
El 19 de abril anterior el Sistema Nacional de Áreas de Conservación informó que comunicó al representante legal de Ponderosa Adventures Park, David Joseph Patey, además del biólogo regente, Rodolfo Vargas Leitón; en el cual se les informa del vencimiento del plazo acordado para acatar las medidas administrativas y operativas señaladas en la Ley de Conservación de Vida Silvestre y su Reglamento.
También señaló les notificó la obligación de cumplir con el plan de anticoncepción presentado por la administración de Ponderosa, de manera que se impida la reproducción de animales silvestres que se manejan en cautiverio, que en el caso en cuestión incluye, por ejemplo, jirafas, cebras y avestruces.
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El aviso, emitido a través del Área de Conservación Guanacaste, se dio poco más de dos meses después de que la Sala Constitucional declarara sin lugar las acciones interpuestas contra el Reglamento a la Ley de Conservación de Vida Silvestre, lo que "mantiene en firme" el decreto 40548, en el que se prohíbe la reproducción de especies en zoológicos comerciales, de acuerdo con el viceministro Franklin Paniagua Alfaro.
Incluso el 5 de mayo pasado, mediante la sentencia 009109-21, el tribunal rechazó de plano otro recurso de un ciudadano ajeno al zoológico que iba directamente contra la instrucción de prohibir a los visitantes alimentar a los animales del parque y tomarse selfies con estos.
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La orden surge de una comisión de expertos orientada a evaluar "sistemáticamente los sitios de manejo donde se ha detectado que deben mejorar, o implementar, las nuevas medidas establecidas en el Reglamento a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre", en virtud de la Dirección Funcional FGR-451-2020 (de la Fiscalía General de la República).
En ella, desde hace poco más de un año, la jefa del Ministerio Público, Emilia Navas Aparicio, ordenó a la cartera intervenir en 16 sitios de manejo por infracciones "graves" a la normativa de conservación. Estos son:
En el caso de Ponderosa Adventure Park además se le instruyó completar su clínica veterinaria en un plazo de tres meses.
Según informó en un comunicado el Sistema de Áreas de Conservación, entre noviembre y diciembre del año pasado se celebraron reuniones con representantes del sitio de manejo y en estas se acordó que a finales de abril, el parque adoptaría las medidas administrativas y operativas que le corresponden como zoológico comercial.
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Nota del redactor: Esta publicación fue actualizada a las 9:55 a.m. del 17 de mayo de 2021 con declaraciones del viceministro de Ambiente, Franklin Paniagua Alfaro.
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