OIJ y Contraloría de Servicios del Ministerio de Seguridad han advertido que el uso de estos accesorios en la labor policial son utilizados "para proporcionarse el anonimato y con esto lograr la impunidad ante posibles abusos de autoridad"
08/12/21 | 08:03am
Un grupo de policías motorizados de la delegación de La Unión utilizaban pasamontañas pese a que directrices y circulares de la Dirección General de Fuerza Pública (DGFP) así lo prohíben en la ejecución de labores de seguridad ciudadana.
Así se desprende del documento de advertencia MSP-DM-AG-AEE-626-2021 emitido por la Auditoría General del Ministerio de Seguridad Pública (MSP) el 19 de agosto, a raíz de una denuncia que planteaba supuestas irregularidades en la sede oficial del cantón cartaginés, que refería a agentes que usaban cubrecaras y ocultaban el código de su chaleco balístico para -en apariencia- no ser identificados.
El oficio, al que AmeliaRueda.com tuvo acceso, fue remitido al director general de la Fuerza Pública, Daniel Calderón Rodríguez.
La alerta emanada de la instancia fiscalizadora reportó que el jefe de la delegación de La Unión, Abraham Güix Madrigal, así como el subdirector general, Enrique Arguedas Elizondo, reconocieron que los motorizados consiguen por su cuenta esos aditamentos y los utilizan.
Tanto el intendente como el comisionado recalcaron que a los funcionarios de ese rango no se les entregan este tipo artículos, en el tanto que existe un impedimento para que los usen.
Por ese motivo, el segundo de los funcionarios apuntó la responsabilidad de las jefaturas de hacer cumplir las disposiciones que existen al respecto.
La directriz 02-2016-DGFP, suscrita por el comisario Juan José Andrade Morales, entonces director general de la Fuerza Pública, prohíbe "el uso de pasamontañas, cobertores de cara, pañuelos u otros similares, en el ejercicio normal policial" y agrega que "el no acatamiento a esta orden, acarreará las implicaciones legales y disciplinarias correspondientes", según menciona la advertencia. Este medio procuró una copia del documento, pero al cierre de esta publicación, la solicitud estaba en trámite desde el lunes anterior.
En concordancia con lo anterior, la circular 145-2017-DGFP-A del 2 de noviembre de 2017, emitida por el comisionado Marlon Cubillo Hernández, otrora subdirector general de la Policía, también establece un impedimento para el uso del cubrecaras o pasamontañas en la ejecución de las labores de seguridad ciudadana por parte de los funcionarios destacados en las delegaciones.
La disposición se reiteró a partir de un informe de la Contraloría de Servicios de la cartera así como uno del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), "los cuales señalaron que, estos accesorios están siendo utilizados para proporcionarse el anonimato y con esto lograr la impunidad ante posibles abusos de autoridad y otros delitos relacionados cometidos en sus labores diarias", destaca la alerta.
Por esa situación, se reiteró a las jefaturas la obligación de controlar la implementación y la ejecución de las directrices, con la advertencia de que, de no hacerlo, se abran procedimientos disciplinarios y penales, dependiendo de cada ocasión.
"Dado lo antes señalado, es preciso indicar que la normativa es clara en establecer la prohibición del uso de cobertores de cara o pasamontañas en actividades del servicio normal policial por lo que, de no actuarse, se asumiría el riesgo de integridad por el uso no autorizado de los mismos, los cuales podrían resultar en la pérdida de reputación de la institución y, por ende, un riesgo de erosión de imagen", reza el informe del órgano fiscalizador.
La Auditoría General recordó que el inciso d) del numeral 8 y el artículo 10 de la Ley General de Control Interno establecen la obligación al cumplimiento del ordenamiento jurídico y técnico; así como la responsabilidad del jerarca y el titular subordinado de garantizar el efectivo funcionamiento del sistema de control interno.
De igual manera señaló que los incisos a), b) y c) del ordinario 12 de esa legislación establece los deberes que asisten a los titulares subordinados, previo cumplimiento del protocolo de ley, de considerar las observaciones formuladas por el ente contralor. En ese sentido, solicitó que se le informe de las acciones que se implementen para atender los hechos advertidos.
AmeliaRueda.com procuró contar con una reacción de Calderón Rodríguez, pero la misma estaba en curso al cierre de esta nota.
Noticias, reportajes videos,
investigación, infografías.
Periodismo independiente en Costa Rica.
(506)4032-7931
|
comunicados@ameliarueda.com
Privacidad