Magistrado Fernando Cruz asegura no haberse referido a la constitucionalidad de la iniciativa
09/10/18 | 10:03am
"Por el momento yo no me he planteado la inhibitoria en la consulta facultativa de constitucionalidad".
Con esa contundencia se manifestó el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz Castro, al criterio que cinco de los siete jefes de las fracciones concentradas en la Asamblea Legislativa en una publicación del diario La Nación, de que el magistrado se abstenga de emitir un criterio respecto al proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas porque ya ha adelantado criterio al referirse a finales de setiembre anterior a los topes salariales de los jueces.
Según Cruz, no ha considerado esa posibilidad puesto a que los diputados no han formulado aún la consulta a la Sala Constitucional, de la cual forma parte.
El alto juez además defendió que en las declaraciones que brindó ante la Corte Plena no se aludió a la inconstitucionalidad del expediente 20.580, que fue aprobado en primer debate la tarde del pasado viernes.
"Solo me referí a la conveniencia o a lo práctico de algunas limitaciones en relación a los salarios pero yo no me referí a que esas decisiones tuvieran elementos de inconstitucionalidad... no lo mencioné en ningún momento. Solo hablé de temas prácticos, las consecuencias que eso puede tener", afirmó el magistrado.
"Creo que el ambiente está muy caldeado, entonces cualquier cosa que se haya dicho en el pasado se manifiesta como una forma de objetar la intervención del juez en este asunto, ya sea en Corte Plena o en Sala Constitucional", aseveró de seguido el magistrado.
La Plenario acordó el pasado 5 de octubre remitir el texto que plantea una reforma al sistema tributario a todas aquellas instituciones a las que el Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos del Congreso considera de consulta obligatoria. Entre ellas, figura el Poder Judicial, encabezado por Cruz.
Lea: Reforma fiscal aprobada en primer debate.
A partir del pasado lunes, la Corte Plena tendrá ocho días hábiles para referirse por el fondo a la iniciativa de ley conforme a la incidencia que tiene en en el funcionamiento y la organización del supremo poder.
Respecto a la consulta obligatoria ante el órgano administrativo, el juez recordó que al efectuarse el mismo trámite en la legislatura anterior (2017-2018) decidió inhibirse por la redacción que entonces se discutía en Cuesta de Moras.
Para el planteamiento facultativo a Sala Constitucional es necesario que un legislador especifique los aspectos de los que desea que el tribunal se pronuncie y que el mismo reciba la firma de otros nueve integrantes de la Asamblea.
En el Parlamento se desconoce si hay suficiente apoyo para realizar la consulta de constitucional, pues hasta ahora existe una propuesta del diputado del Partido Frente Amplio (PFA), José María Villalta Flórez-Estrada, que hasta donde ha trascendido sólo tiene una firma, pese a que 22 congresistas se manifestaron contra el plan.
El Partido Restauración Nacional (PRN), opositor a la reforma, anunció el mismo viernes que elaboraría "una consulta robusta" que quedaría lista esta semana. Esa agrupación cuenta con 14 representantes, por lo que fácilmente podría conseguir el apoyo para mandar el proyecto a la Sala y suspender el procedimiento por 30 días.
Crédito de fotografía: Alberto Zamora.
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