Presidenta de Sala Tercera fue suspendida dos meses por desestimar causa contra diputados, pero luego un juez interino frenó el castigo
19/07/18 | 18:33pm
El Ministerio Público, bajo la dirección de Emilia Navas, abrió una causa penal por el delito de tráfico de influencias contra la magistrada y presidenta de la Sala Tercera, Doris Arias. La causa la lleva la Fiscalía General porque la jueza tiene inmunidad debido a que forma parte de un supremo poder.
Arias fue suspendida de su cargo por dos meses sin goce de salario el lunes pasado por la Corte Plena por incurrir en una falta grave en la desestimación de una denuncia contra los exdiputados Otto Guevara y Víctor Morales Zapata; ellos eran investigados por presunto tráfico de influencias en el caso conocido como cemento chino.
Sin embargo, el juez interino del Tribunal Contencioso Administrativo, Alcevith Godinez Prado, frenó la sanción la mañana del miércoles tras resolver una medida cautelar provisional que presentó Arias en horas de la madrugada.
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Precisamente la tarde de este jueves, agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), en coordinación con fiscales Anticorrupción, irrumpieron en la oficina del juez Alcevith Godinez Prado para secuestrar documentos relacionados a ese caso; además, al jurista se le abrió una causa por el delito de prevaricato "para investigar la actuación y participación de las distintas personas funcionarias judiciales que tuvieron relación con el trámite judicial y la resolución de la medida cautelar solicitada por la magistrada Arias", detalló el Ministerio Público en un comunicado de prensa.
La Fiscalía agregó que, por seguridad, no se puede detallar sobre la evidencia localizada ni en aspectos adicionales del proceso penal.
Los resuelto por Godinez Prado se dio en medio de una serie de inusuales hechos, pues la magistrada presentó la solicitud de medida cautelar a las 4 a. m. y el juez lo resolvió en un turno extraordinario a las 7:28 a. m.
Otro factor es que el juzgador resolvió a pesar de que la magistrada ni siquiera ha sido notificada sobre la sanción, pues no ha sido terminada de redactar por la Corte. Según expertos en la materia consultados por AmeliaRueda.com no es procedente acoger una solicitud de medida cautelar sin tener a la vista el acto sancionatorio.
Fotografía tomada del Poder Judicial
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