Estado deberá pagar las costas y daños, según la sentencia del recurso de amparo
17/08/22 | 16:28pm
El traslado de una funcionaria a otro centro educativo debido a que su hija fue víctima de agresión sexual es la orden que le da la Sala Constitucional al Ministerio de Educación Pública (MEP), tras analizar un recurso de amparo.
La funcionaria, que labora como conserje, solicitó a las autoridades un traslado a otra región del país, donde pudiese alejarse del hombre al que denunció por agredir sexualmente a su hija.
Dicha solicitud fue negada por el Ministerio aduciendo que para conceder el cambio se requiere de una orden de la Sala donde se indique que le reubicación se daba para salvaguardar la seguridad de la menor de edad, según se puede leer en la resolución número 2022018044.
Según la respuesta del MEP, la condición de nombramiento impedía gestionar la solicitud de la funcionaria. “No existe fundamento legal que permita realizar a los funcionarios interinos un traslado interino, por lo que, de gestionarse un movimiento, se considera como nombramiento interino nuevo”.
La denuncia de abuso contra la menor se presentó en el mes de abril del presente año y en el mes de mayo el MEP no aceptó la solicitud de traslado de la funcionaria, por lo que acudió a un recurso de amparo en contra del ministerio para poder hacer el cambio de lugar de trabajo.
La Sala resolvió en favor de la funcionaria, ordenando a la ministra del ramo, Anna Katharina Müller, y a Mónica Soto, de la Unidad Administrativa del MEP, realizar las gestiones pertinentes para el traslado de la trabajadora a otro centro educativo.
En dicha resolución se dio un plazo de 15 días una vez notificada la sentencia para proceder con el cambio. Además, del pago por parte del Estado de las costas, daños y perjuicios de los hechos descritos.
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