Los otros 26 imputados en el Caso Cochinilla también quedaron libres con medidas cautelares
26/06/21 | 18:09pm
Los empresarios Carlos Cerdas Araya y Mélida Solís Vargas pagarán $5 y $3 millones respectivamente a cambio de su libertad, mientras se les investiga por el caso policialmente conocido como "Cochinilla".
Así lo confirmaron a AmeliaRueda.com sus defensores Érick Ramos Fallas y Érick Gatgens Gómez la tarde de este sábado 26 de junio a través de un mensaje de texto mientras se realizaba la audiencia del Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública en la que se definieron las medidas cautelares para 28 detenidos en el escándalo de aparente corrupción en contratos de obras viales.
Esta posibilidad de realizar una caución real fue planteada por la jueza Carolina Lizano Salazar como una alternativa a la prisión preventiva. Sin embargo, esa posibilidad ya había sido propuesta por las defensas técnicas de Cerdas Araya -presidente de Meco- y Solís Vargas- propietaria de H. Solís- durante el desarrollo de la cita; que inició el 15 de junio pasado y que culminó a eso de las 7:00 p.m. de este 26 de junio.
Abogados intervinientes, el fiscal adjunto de Probidad y la oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia señalaron a este medio que las medidas cautelares dictadas son las siguientes:
De las 28 personas que enfrentaron la audiencia de los últimos 11 días, solo una quedó libre y sin medidas cautelares: el vicepresidente de Tribunal Administrativo de Transporte y exmiembro del Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad, Mario Quesada Aguirre.
Misma situación ocurrió con el ingeniero y topógrafo de la Dirección de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), Luis Ureña Villalobos, pero la audiencia de este caso se tramitó por separado y estuvo a cargo del juez el juez Félix Castellón Ruiz. Este además dejó libre aunque con impedimento de salida del país, entrega del pasaporte, obligación de mantener domicilio fijo y firma periódica a al gerente operativo de la constructora Also Frutales S.A., Juan Carlos Abarca Quesada.
Tanto las resoluciones que favorecieron a Quesada Aguirre, como a Ureña Villalobos y a Abarca Quesada fueron apeladas por la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (Fapta).
De igual forma fueron impugnadas las medidas impuestas a Cerdas Araya, González Carballo, Bolaños Salazar, Arce Alpízar, Solís Vargas, Martínez Martínez, Herrera Chacón, Cervantes Morales, Madrigal Rímola, Fallas Zúñiga, Carmona Rivas, Mora Obando y Solís Murillo; toda vez que para estos, el Ministerio Público pretendía prisión preventiva.
Defensores a su salida de los tribunales de Goicoechea. (Paulo Villalobos Saborío | AmeliaRueda.com)
"Consideramos que la jueza (Lizano Salazar) nos dio la razón en un todo, porque estableció que hay una estructura criminal, hay prueba suficiente y peligros procesales que son bastante fuertes como para dictar medidas cautelares. Sin embargo, consideramos que al momento de fundamentar por qué no da la prisión preventiva, falló y por eso fue que apelamos", explicó Calvo Céspedes.
Ahora las apelaciones -planteadas en el acto y de forma oral por fiscales así como defensores- serán elevadas al Tribunal Penal que conocerá los argumentos y, en caso de considerarlos válidos, fijará una audiencia para discutirlos.
Uno de los puntos recurridos por los representantes legales de los funcionarios públicos tiene que ver con que el Juzgado Penal no se pronunció sobre si la suspensión del cargo debe realizarse con o sin goce salarial; y en su lugar, el órgano jurisdiccional dejó la definición en manos de la autoridad administrativa correspondiente.
Poco más de media hora después de terminada la cita de medidas cautelares, arrancó la liberación de 25 de los 28 detenidos, la cual se extendió por espacio de hora y media. Los únicos que permanecieron encerrados al final de la jornada fueron Cerdas Araya y Solís Vargas -quienes se espera sean liberados el 28 de junio cuando formalmente cancelen sus cauciones- así como Arce Alpízar -que al cierre de esta publicación aguardaba por un traslado para que se le pudiese colocar la tobillera electrónica-. Solo Solís Murillo hizo manifestaciones a la prensa en el sitio: "Uno es inocente hasta que se demuestre lo contrario", alcanzó a decir antes de ser subido a un vehículo.
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La cauciones reales están contempladas en un listado de hasta 10 alternativas a la prisión preventiva establecidas en el artículo 244 del Código Procesal Penal, que señala como condición que las presunciones que motivan la privación de libertad "puedan ser evitadas razonablemente con la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado".
Esta figura está regulada en los numeral del 250 al 252 de esa misma norma, como lo precisó a este medio el exjuez Ewald Acuña Blanco. El primero de estos ordinales indica que el tribunal debe fijar el importe y la clase de garantía sobre la idoneidad del fiador , según su libre apreciación de las circunstancias del caso.
El abogado Érick Ramos Fallas atiende consultas de la prensa. (Paulo Villalobos Saborío | AmeliaRueda.com)
"Para determinar la calidad y cantidad de la caución se tendrán en cuenta la naturaleza del delito, la condición económica, la personalidad y los antecedentes del imputado. El tribunal hará la estimación de modo que constituya un motivo eficaz para que aquel se abstenga de infringir sus obligaciones. La caución real se constituirá con depósito de dinero, valores cotizables o con el otorgamiento de prendas o hipotecas, por la cantidad que el tribunal determine", especifica el artículo 250.
El numeral siguiente establece la forma de determinar la solvencia de los fiadores, mientras que el 253 señala cómo se podrán ejecutar las cauciones.
"Cuando se haya decretado la rebeldía del imputado o cuando este se sustraiga a la ejecución de la pena, se concederá un plazo de cinco días al fiador para que lo presente; se le advertirá que si no lo hace o no justifica la incomparecencia, la caución se ejecutará. Vencido el plazo, el tribunal dispondrá, según el caso, la ejecución del fiador o la venta en remate público de los bienes hipotecados o dados en prenda. El producto que se obtenga será transferido al Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes de la Direccion General de Adaptación Social (DGAS)", menciona el ordinal.
En el caso de Carlos Cerdas Araya, esta especie de fianza se fijó en $5 millones, mientras que en el de Mélida Solís Vargas, se estableció en $3 millones.
El defensor Érick Gatgens Gómez comparece ante los medios. (Paulo Villalobos Saborío | AmeliaRueda.com)
De acuerdo con el abogado del presidente de Meco, Érick Ramos Fallas, "la jueza ponderó que era innecesaria la prisión preventiva, cosa que la defensa siempre argumentó (...) y esperamos el lunes (28 de junio) cumplir con los requisitos que exigió la jueza penal. La ley procesal establece que se pueden cumplir (la caución) con bienes, con dinero o títulos valores. Mientras tanto quedan en prisión preventiva hasta que se cancele la fianza y por causas administrativas, esto no será posible hasta dentro de dos días".
Por su parte, su colega defensor de la propietaria de H. Solís, Érick Gatgens Gómez, señaló que "la idea es cancelar esta caución el lunes (28 de junio) a primera hora mediante una garantía hipotecaria en favor del Poder Judicial. (...) Ese dato (cuál propiedad) no lo tengo porque la familia ha pensado algunas propiedades, pero eso ya lo tendrá que definir el notario que se va a encargar. Probablemente mañana (27 de junio) un perito valore la propiedad".
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La investigación en cuestión motivó una serie de allanamientos que arrancaron a las 7:00 a.m. del 14 de junio anterior en 57 puntos diferentes, con el objetivo de lograr la detención u obtención de pruebas de 32 personas, entre ellos 19 funcionarios públicos y 13 personeros de empresas.
Del total de diligencias, 14 se llevaron a cabo en instituciones públicas como por ejemplo la Casa Presidencial, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi).
Asimismo, se realizaron diligencias en las empresas Meco, H. Solís, Cacisa, Constructora Herrera, Ingeniería Técnica de Proyectos (ITP), entre otras.
El director general del Organismo de Investigación Judicial, Wálter Espinoza Espinoza, detalló que en este caso se persiguen los delitos de cohecho, peculado, pagos irregulares de contratos administrativos, malversación de fondos, estafas y falsedad ideológica.
Por su lado, el Ministerio Público indicó en un comunicado que estos ilícitos fueron en apariencia cometidos en perjuicio del Estado por funcionarios de los ministerios de Obras Públicas y Transportes así como de Hacienda, además de particulares de compañías privadas.
Según el jefe de la Policía Judicial, entre 2019 y 2020 estas personas en apariencia establecieron un esquema de pago de coimas. "Les permitía obtener dinero, vehículos, viajes, favores sexuales y todo aquello que ustedes puedan imaginarse para que alguna empresa pudiera verse beneficiada. Es el enlace típico de corrupción que se ha visto en otros países en la que un grupo de empresarios, empresas muy fuertes y que además tienen posibilidades amplísimas de actuación, se acercan a funcionarios públicos, le ofrecen dádivas, regalías y afectan la integridad de personas", manifestó Espinoza Espinoza.
El director del Organismo puntualizó que este es uno de los operativos más importantes que han realizado en los últimos meses. Se estima que esta red de corrupción provocó un hueco financiero de ¢78.000 millones.
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Nota del redactor: Esta publicación fue ampliada a las 11:00 p.m. del 26 de junio de 2021.
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