Los magistrados determinaron que pasar la rectoría al Mideplan viola la independencia del Poder Judicial, el TSE, las universidades públicas y las municipalidades
01/08/21 | 00:17am
La Sala Constitucional encontró elementos inconstitucionales en el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, principalmente relacionado con la rectoría y dirección dadas al Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplan).
"La Sala Constitucional sí encuentra inconstitucional que se someta a la potestad de dirección y rectoría de Mideplan al Poder Judicial y al Tribunal Supremo de Elecciones porque ello viola la independencia judicial y electoral. En relación con las universidades, se considera que es inconstitucional someterlas a la potestad de elección, de la rectoría y a la potestad reglamentaria de Mideplan a las universidades, y en el mismo sentido resulta inconstitucional someter a esas potestades a las municipalidades y la Caja Costarricense de Seguro Social", explicó el presidente de la Sala, Fernando Castillo.
Donde no encontraron vicios de nulidad los magistrados fue en el establecimiento de un salario global, así como que exista una ley general de empleo público para la administración pública.
Adicionalmente, no va en contra de la Constitución Política que se establezca un tope a los salarios de los funcionarios universitarios, aunque no se resolvió el caso de otros trabajadores públicos dado que no fue sujeto a consulta.
Por otra parte, la Sala IV consideró que es constitucional las limitaciones a la negociación colectiva, en el tanto la realicen quienes no participen de la gestión pública
"También considera la Sala que es constitucional que se mantengan las limitaciones a los incrementos de salarios, en el tanto y cuando se den las condiciones que establece la ley de financiamiento de las finanzas públicas", detalló Castillo.
En una extensa deliberación que se extendió durante seis días, los magistrados resolvieron cuatro consultas planteadas sobre la propuesta de ley, una de las cuales fue planteada por la Corte Plena, la primera vez en la historia que acude a esta figura, y que finalmente fue declarada inevacuable.
Las otras tres consultas restantes fueron presentadas de manera independiente por diferentes diputados que alegaban vicios en temas de fondo en el expediente 21.336.
El plan de empleo público fue aprobado en primer debate por 32 diputados el pasado 17 de junio. Ahora, deberán subsanarse los señalamientos emitidos por la Sala Constitucional para que se pueda convertir en ley de la República.
Después del pronunciamiento de la Sala Constitucional con respecto a la Ley de Empleo Público, Casa Presidencial se mostró satisfecha con lo resuelto por los magistrados, ya que consideran que se trata de ajustes factibles.
El ministro de Comunicación, Agustín Castro, destacó que el tribunal no encontrara vicios en la tramitación, así como que avalara la fijación del salario único global en las limitaciones a las convenciones colectivas.
"Estos son los elementos centrales para generar un ahorro sustancial, pero sobre todo crear razonabilidad y justicia en las remuneraciones a lo interno del sector público, así como entre este y el sector privado", expresó el jerarca.
Por su parte, el Mideplan, mediante un comunicado de prensa señaló que "las inconstitucionalidades señaladas por los magistrados y magistradas refieren únicamente a un tema como lo es el eventual ejercicio de la rectoría política, lo cual hace que el señalamiento verse sobre los efectos que podrían generarse sobre algunas instituciones a partir de la aplicación de esas normas, aunque no de ellas como tales.
Esto quiere decir que todos aquellos aspectos que no requieren de ningún instrumento de rango inferior a la ley que deba ser emitido por el Poder Ejecutivo para implementarse, son de plena aplicación para todas las instituciones bajo el ámbito de cobertura, y estas son el corazón del proyecto de ley tales como la organización por familias, el salario global, los límites a convenciones colectivas, entre otros."
La administración de Carlos Alvarado Quesada puja con fuerza para la aprobación de esta propuesta.
Esta fue elaborada por el Gobierno de la República con el objetivo de disminuir su gasto y afinar sus cuentas fiscales en el mediano plazo, de cara al pacto de financiamiento con el organismo multilateral.
La iniciativa propone eliminar la posibilidad de establecer pluses salariales e impone una escala salarial única a todo el sector público, en lugar de los sistemas actuales compuestos (de salarios más incentivos económicos). Solo quedaron fuera de estas nuevas reglas las empresas públicas en competencia.
Además de ratificar la rectoría política del Ministerio de Planificación sobre el empleo público -así dispuesto en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas- la propuesta señala responsabilidades técnicas del tema a la Dirección General de Servicio Civil (DGSC).
Estimaciones de la cartera apuntan que esta reforma ahorraría al Estado por año hasta un 1,8% del producto interno bruto (PIB).
Nota del editor: este artículo fue ampliado el 1 de agosto del 2021 a las 11:50 a.m. para incluir la reacción del Poder Ejecutivo a la resolución de la Sala Constitucional.
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